Ley de ejecuciones y sanciones de morelos
N. DE E. DE CONFORMIDAD CON EL TRANSITORIO SEGUNDO DE LA LEY DE REINSERCION SOCIAL Y SEGUIMIENTO DE MEDIDAS CAUTELARES, PUBLICADA EN EL P.O. DE 24 DE AGOSTO DE 2009, EL PRESENTE ORDENAMIENTO HA SIDO ABROGADO.
ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: ABROGADA.Ley publicada en el Alcance del Periódico Oficial del Estado de Morelos, el 21 de marzo de 1973.
Al margen superior izquierdo un sello con el Escudo Nacional que dice.- Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos.- Poder Ejecutivo.
FELIPE RIVERA CRESPO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, A SUS HABITANTES SABED:
Que el H.Congreso del Estado se ha servido enviarme para su promulgación lo siguiente:
"LA H. TRIGESIMA OCTAVA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 40, FRACCION II DE LA CONSTITUCION POLITICA LOCAL, HA TENIDO A BIEN EXPEDIR LA SIGUIENTE
LEY DE EJECUCION DE SANCIONES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, PRIVATIVAS Y RESTRICTIVAS DE LA LIBERTADPARA EL ESTADO DE MORELOS.
TITULO PRELIMINAR.
DISPOSICIONES GENERALES.
CAPITULO UNICO.
DEL OBJETO Y APLICACION DE LA LEY.
ARTICULO 1o.- La presente Ley tiene por objeto;
I.- La ejecución de las sanciones privativas y restrictivas de la libertad, aplicadas de conformidad con lo dispuesto en las Leyes penales del Estado de Morelos.
II.- La vigilancia y control de cualquierprivación o restricción de la libertad individual impuesta como medida preventiva o de seguridad en los términos de Ley.
III.- El establecimiento de normas generales sobre el sistema de ejecución de sanciones y aplicación de las medidas de seguridad.
IV.- Fijar, de manera general las facultades, derechos y obligaciones de los órganos de ejecución, del personal directivo, administrativo, técnico yde custodia de las Instituciones de Readaptación Social.
V.- Establecer de manera general el régimen al que habrán de sujetarse los internos en las Instituciones de Readaptación Social.
ARTICULO 2o.- La presente Ley se aplicará en el Estado de Morelos, a las personas sancionadas o sujetas a medidas de seguridad por determinación de autoridad competente basada en las leyes penales delEstado; se aplicará igualmente a los individuos que se encuentren internados en los Centros o Establecimientos de Readaptación Social del Estado, a disposición de autoridades Federales o de otra Entidad Federativa, en lo conducente.
ARTICULO 3o.- El régimen de ejecución de sanciones privativas y restrictivas de libertad tiene por objeto la readaptación social de los internos, mediante un tratamientoindividualizado, en el que la educación y el trabajo ocupan un lugar relevante.
ARTICULO 4o.- El Ejecutivo del Estado está facultado para celebrar los convenios de coordinación que sean necesarios, con la Federación, para la mejor ejecución de las sanciones y medidas preventivas o de seguridad.
TITULO PRIMERO.
DE LOS ORGANOS.
CAPITULO PRIMERO.
DEL DEPARTAMENTO DE PREVENCION YREADAPTACION SOCIAL.
ARTICULO 5o.- El Departamento de Prevención y Readaptación Social, dependiente de la Secretaría de Gobierno, es el órgano del Ejecutivo Estatal encargado de aplicar y ejecutar las sanciones privativas y restrictivas de la libertad.
ARTICULO 6o.- El Departamento tendrá las facultades siguientes:
I.- De control y supervisión de todos los Centros y Establecimientos deReadaptación Social existentes en el Estado.
II.- Las de establecer y organizar los Centros y Establecimientos de Readaptación Social del Estado, así como las de formular los reglamentos y disposiciones de orden interior de los mismos, y vigilar su exacto cumplimiento.
III.- Las de ejecución de las sanciones y medidas de seguridad, privativas y restrictivas de la libertad, de conformidad con lo...
Regístrate para leer el documento completo.