Ley de el adolescente en hidalgo
Artículo 7.- Cuando exista la duda de si setrata de una persona mayor o menor de 18 años de edad, se presumirá que es adolescente. Cuando exista la duda de si se trata de una persona mayor o menor de 12 años, se presumirá niña o niño.
Artículo34. Si en un hecho intervienen uno o varios adolescentes con uno o varios adultos, las causas se separarán y las autoridades especializadas para adolescentes conocerán de lo que corresponda, con plenaautonomía de jurisdicción.
Artículo 35. La prescripción opera en siete años para el caso de conductas que constituyan delitos graves, en tres años para los no graves perseguibles de oficio y enseis meses para el caso de aquéllos de querella necesaria.
Artículo 36. Cuando el adolescente sujeto a una medida de internamiento, se sustraiga de la propia medida, se necesitará para laprescripción, el mismo tiempo que faltaba para cumplirla, más la mitad. En este caso el plazo para la prescripción no podrá ser menor de un año.
Artículo 85. El acuerdo conciliatorio no implica ni requiere elreconocimiento, por parte del adolescente, de haber realizado la conducta que se le atribuye.
Artículo 94. Las medidas de tratamiento que pueden cumplirse en libertad son de aplicaciónprioritaria, en tanto que las que implican privación de libertad deben aplicarse como último recurso.
Artículo 95. Cuando se unifiquen medidas de tratamiento, debe estarse a los máximos legales que para...
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