Ley de fomento
ÚLTIMA REFORMA APLICADA POR DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 22 DE JULIO DE 1991
PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 26 DE ENERO DE 1988
LEY Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice:Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
MIGUEL DE LA MADRID H., Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:
Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, Decreta:
LEY FEDERAL PARA EL FOMENTO DE LA MICROINDUSTRIA Y LA ACTIVIDAD ARTESANAL
CAPITULO IDISPOSICIONES GENERALES
REFORMA DOF. 22 DE JULIO DE 1991
ARTICULO 1
La presente Ley es de orden público y de interés social, sus disposiciones se aplican en toda la República y tienen por objeto fomentar el desarrollo de la micro industria y de la actividad artesanal mediante el otorgamiento de apoyos fiscales, financieros, de mercado y de asistencia técnica, así como a través de facilitar laconstitución y funcionamiento de las personas morales correspondientes, simplificar trámites administrativos ante autoridades federales y promover la coordinación con autoridades locales o municipales para este último objeto.
ARTICULO 2
La aplicación de esta Ley en la esfera administrativa corresponde a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, sin perjuicio de las atribuciones que lasdemás leyes otorguen a otras autoridades federales, en cuanto no se prevean en forma expresa en esta propia Ley.
Cuando en el presente ordenamiento se mencione a "La Secretaría", se entenderá que se trata de la citada Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.
REFORMA DOF. 22 DE JULIO DE 1991
ARTICULO 3
Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
I.- Empresas microindustriales, a lasunidades económicas que, a través de la organización del trabajo y bienes materiales o incorpóreos de que se sirvan, se dediquen a la transformación de bienes, ocupen directamente hasta quince trabajadores y cuyas ventas anuales estimadas o reales no excedan de los montos que determine la Secretaría, los cuales se publicarán en el Diario Oficial de la Federación;
II.- Artesanía, a la actividadrealizada manualmente en forma individual, familiar o comunitaria, que tiene por objeto transformar productos o substancias orgánicas e inorgánicas en Artículos nuevos, donde la creatividad personal y la mano de obra constituyen factores predominantes que les imprimen características culturales, folklóricas o utilitarias, originarias de una región determinada, mediante la aplicación de técnicas,herramientas o procedimientos transmitidos generacionalmente, y
III.- Artesanos, a aquellas personas cuyas habilidades naturales o dominio técnico de un oficio, con capacidades innatas o conocimientos prácticos o teóricos, elaboran bienes u objetos de artesanía.
REFORMA DOF. 22 DE JULIO DE 1991
ARTICULO 4
Los empresarios de las microindustrias y los que se dediquen a la actividad artesanal,pueden ser personas físicas o morales que se constituyan con apego a las disposiciones de esta Ley, así como de otras leyes en cuanto les sean aplicables sin contravenir a la primera.
ARTICULO 5
El domicilio de las empresas microindustriales será el local donde se ubique el establecimiento en que realicen sus actividades industriales, si se trata de empresarios personas físicas; tratándose deempresarios personas morales será el local donde se encuentre ubicada su administración o, en su defecto, el del establecimiento en que lleven a cabo sus actividades industriales.
ARTICULO 6
Los empresarios de las microindustrias sólo están obligados a llevar su contabilidad en un libro diario de ingresos y egresos, tratándose de personas físicas; y en libros diario, mayor y de inventarios...
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