Ley De Ingresos 2012
para el ejercicio fiscal 2012
Texto 2011
Texto 2012
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Capítulo III De las Facilidades Administrativas y Beneficios Fiscales
Artículo 8o. En los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales se causarán recargos:
Capítulo III De las Facilidades Administrativas y Beneficios Fiscales
Artículo 8o.En los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales se causarán recargos: Continúa para 2012 la tasa de recargos vigente en el 2011 en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales, así como las tasas que se aplican cuando se autorice el pago a plazos
I. Al 0.75 por ciento mensual sobre los saldos insolutos. II. Cuando de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, seautorice el pago a plazos, se aplicará la tasa de recargos que a continuación se establece, sobre los saldos y durante el periodo de que se trate: 1. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de hasta 12 meses, la tasa de recargos será del 1 por ciento mensual. 2. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de 1.25 por cientomensual. 3. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como tratándose de pagos a plazo diferido, la tasa de recargos será de 1.5 por ciento mensual. Las tasas de recargos establecidas en la fracción II de este artículo incluyen la actualización realizada conforme a lo establecido por el Código Fiscal de la Federación. Artículo 15. Cuando con anterioridad al 1 de enerode 2011, una persona hubiere incurrido en
I. Al 0.75 por ciento mensual sobre los saldos insolutos. II. Cuando de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, se autorice el pago a plazos, se aplicará la tasa de recargos que a continuación se establece, sobre los saldos y durante el periodo de que se trate: 1. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de hasta 12 meses, la tasa derecargos será del 1 por ciento mensual. 2. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de 1.25 por ciento mensual. 3. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como tratándose de pagos a plazo diferido, la tasa de recargos será de 1.5 por ciento mensual. Las tasas de recargos establecidas en la fracciónII de este artículo incluyen la actualización realizada conforme a lo establecido por el Código Fiscal de la Federación. Artículo 15. Cuando con anterioridad al 1 de enero de 2012, una persona hubiere incurrido en Continúa la facultad de las autoridades fiscales para la no determinación de sanciones en materia
Texto 2011
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infracción a las disposiciones aduanerasen los casos a que se refiere el artículo 152 de la Ley Aduanera y a la fecha de entrada en vigor de esta Ley no le haya sido impuesta la sanción correspondiente, dicha sanción no le será determinada si, por las circunstancias del infractor o de la comisión de la infracción, el crédito fiscal aplicable no excede a 3,500 unidades de inversión o su equivalente en moneda nacional al 1 de enero de2011.
infracción a las disposiciones aduaneras en los casos a que se refiere el artículo 152 de la Ley Aduanera y a la fecha de entrada en vigor de esta Ley no le haya sido impuesta la sanción correspondiente, dicha sanción no le será determinada si, por las circunstancias del infractor o de la comisión de la infracción, el crédito fiscal aplicable no excede a 3,500 unidades de inversión o suequivalente en moneda nacional al 1 de enero de 2012.
aduanera cuando no excedan a 3,500 UDIS y que se hubiere incurrido en infracción y no haya sido impuesta la sanción, antes del 1 de enero de 2012, con motivo de: Reconocimiento aduanero Segundo reconocimiento aduanero Verificación de mercancías en transporte Revisión de documentos en el despacho Ejercicio de las facultades de...
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