ley de ingresos municipio de guadalajara
Lic. Francisco Javier Ramírez Acuña, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber, que por conducto de la Secretaría del H. Congreso de esta Entidad Federativa, se me ha comunicado el siguiente
DECRETONÚMERO 21167/LVII/05.- EL CONGRESO DEL ESTADO DECRETA:
LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE
GUADALAJARA, JALISCO,
PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2006
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
De la Percepción de los Ingresos y Definiciones
Artículo 1.- Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del 2006, la Hacienda Pública de esteMunicipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos, contribuciones especiales, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones y aportaciones federales conforme a las tasas, cuotas y tarifas que en esta Ley se establecen.
Artículo 2.- Los impuestos por concepto de actividades comerciales, industriales y de prestación de servicios, diversiones públicas y sobre posesión yexplotación de carros fúnebres, que son objeto del Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, subscrito por la Federación y el Estado de Jalisco, quedarán en suspenso, en tanto subsista la vigencia de dicho convenio.
Quedarán igualmente en suspenso, en tanto subsista la vigencia de la Declaratoria de Coordinación y el decreto 15432 que emite el Poder Legislativo del Congreso delEstado, los derechos citados en el artículo 132 de la Ley de Hacienda Municipal en sus fracciones I, II, III y IX. De igual forma aquellos que como aportaciones, donativos u otros, cualquiera que sea su denominación, condicionen el ejercicio de actividades comerciales, industriales y prestación de servicios; con las excepciones y salvedades que se precisan en el artículo 10-A de la Ley deCoordinación Fiscal.
El Ayuntamiento, continuará con sus facultades para requerir, expedir, vigilar; y en su caso, cancelar las licencias, registros, permisos o autorizaciones, previo el procedimiento respectivo; así como otorgar concesiones y realizar actos de inspección y vigilancia; por lo que en ningún caso lo dispuesto en los párrafos anteriores, limitará el ejercicio de dichas facultades.Artículo 3.- El funcionario encargado de la Hacienda Municipal caucionará el manejo de fondos, en cualquiera de las formas previstas por el artículo 47 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco. La caución a cubrir a favor del Ayuntamiento será el importe resultante de multiplicar el promedio mensual del Presupuesto de Egresos aprobado por el propio Ayuntamiento para el ejerciciofiscal en que estará vigente la presente Ley por el 0.15% y a lo que resulte se adicionará la cantidad de $85,000.00. Cuando se encomiende la recaudación o manejo de fondos a otros servidores públicos, éstos deberán caucionar su manejo a satisfacción del Ayuntamiento, por las cantidades que éste determine.
Artículo 4.- El Funcionario Encargado de la Hacienda Municipal es la autoridad competentepara determinar y aplicar, entre los mínimos y máximos, las cuotas que, conforme a la presente Ley deben cubrir los contribuyentes al Erario Municipal, y éstos deberán efectuar sus pagos en efectivo, con cheque certificado, con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, en los Departamentos de Administración de Ingresos del Municipio, en las tiendas departamentales o sucursales de las institucionesbancarias autorizadas por el Ayuntamiento.
En todos los casos, se expedirá el comprobante o recibo oficial correspondiente.
Artículo 5.- Se establece responsabilidad solidaria entre el presidente, el funcionario encargado de la Hacienda Municipal y el encargado de la Secretaría del Ayuntamiento en el pago de las erogaciones que realice la Hacienda Municipal, independientemente de los...
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