Ley De Inquilinato Guatemala
DECRETO NUMERO 1468 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA; CONSIDERANDO:
Que la Ley de Inquilinato contenida en el Decreto presidencial número 178, no ha producido los resultados que de ella se esperaban, ya que la ilimitada libertad de contratación ha dado, lugar a graves repercusiones en perjuicio de los guatemaltecos de escasos y de medianos recursos, originándose deaquella ley una alza exagerada de los alquileres y permitiendo a los propietarios de bienes urbanos extorsionar a los inquilinos, hechos injustos que deben evitarse mediante la emisión de una ley que se caracterice por una justa protección a los arrendatarios, quienes constituyen las grandes mayorías de la población urbana de la República y que, al mismo tiempo, estimule a los inversionistas paradestinar sus recursos a la construcción de nuevas viviendas y locales, todo lo cual hará posible la obtención, en alquiler, de bienes inmuebles urbanos en condiciones favorables;
CONSIDERANDO:
Que es necesario regular con la mayor efectividad y equidad el arrendamiento de inmuebles urbanos, a fin de que las personas de escasos o medianos ingresos familiares y los pequeños empresarios no sigansiendo explotados mediante el cobro de rentas excesivas y la constante amenaza de desahucios;
CONSIDERANDO:
Que es de absoluto y urgente justicia dictar normas legales que armonicen los intereses antagónicos, tiendan a solucionar en forma satisfactoria y expedita los graves problemas derivados del arrendamiento de inmuebles urbanos y procuren el equilibrio de los derechos y obligaciones de laspartes en tal género de contratados, en los cuales debe prevalecer el interés social sobre el particular;
POR TANTO,
Con fundamento en el inciso 1 del artículo 147, en el inciso 19 del artículo 168 y en los artículos 42, 87 y 126 de la Constitución de la República,
DECRETA:
La siguiente
LEY DE INQUILINATO
Disposiciones generales
Artículo 1. Se declara de utilidad pública y deinterés social el arrendamiento de toda clase de viviendas y de locales urbanos destinados a cualquiera otra finalidad. Artículo 2. Los beneficios que esta ley establece en favor de los inquilinos son irrenunciables y, en consecuencia, carecerán de validez las estipulaciones contractuales que los contravengan. La presente ley prevalecerá también sobre todo lo estipulado en contratos de arrendamiento osubarrendamiento celebrados con anterioridad a su vigencia.
Ley de inquilinato
Artículo 3. Para todos los efectos de esta ley se entienden por: a) Locador: El propietario, usufructuario, arrendante ó subarrendante legales de bienes inmuebles urbanos o de partes de éstos; b) Inquilino: Quien recibe u ocupa en arrendamiento o en subarrendamiento bienes inmuebles urbanos o partes de éstos; c)Viviendas: Los inmuebles urbanos o partes de los mismos dados en alquiler para destinarlos a habitación del inquilino y del grupo familiar que con él conviva en el mismo alojamiento; d) Locales: Los inmuebles urbanos o partes de los mismos destinados a tiendas, almacenes, bodegas, fabricas, talleres, oficinas y negocios o actividades de cualquier otra naturaleza, sean o no de índole lucrativa y queno tengan el carácter de viviendas; y e) Renta o Alquiler: La suma que deba pagarse en dinero o que deba retribuirse en cualquiera otra forma convencional por el inquilino, a cambio del uso a que se destinen las viviendas o locales. La calidad de bienes inmuebles urbanos se fijará exclusivamente por resolución de la Municipalidad respectiva. Artículo 4. Esta ley no se aplicará viviendas o localesamueblados, reputándose como tales los que comprendan en el arrendamiento o en el subarrendamiento mobiliario con valor mayor de un mil quetzales, sin incluirse en dicha cantidad las estanterías, los equipos y artefactos destinados al servicio permanente del inmueble o a proporcionar a éste comodidad, tales como refrigeradoras,, cocinas, calentadores de agua, lavadoras, secadoras, aparatos de...
Regístrate para leer el documento completo.