Ley de Mercado de Valores
DECRETO Nº 809.LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I.
Que el desarrollo económico nacional requiere de un Sistema Financiero moderno
que promueva el aumento de los niveles de ahorro nacional, la asignación
eficiente de los recursos, y la ampliación de los servicios financieros, todo en un
marco de un mercado libre ytransparente;
II.
Que las disposiciones legales que regulan el mercado de valores son insuficientes
para que se convierta en un mercado dinámico y organizado, por lo que es
necesario dotar a dicho mercado, de un marco jurídico institucional adecuado que
norme en forma ordenada a todos los participantes;
III.
Que el desarrollo de un mercado de valores eficiente, en un ambiente de sana
competencia,requiera que la oferta pública de los mismos, sea conducida por
intermediarios autorizados, con información completa y auditada sobre los
emisores de dichos valores y en los mercados físicos organizados como son las
bolsas de valores, en donde las transacciones se realizan en forma segura y
expedita, y asegurando que se proporciona el flujo de información adecuada para
el público en general;
PORTANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por
medio del Ministro de Economía;
DECRETA, la siguiente:
LEY DEL MERCADO DE VALORES.
TÍTULO I
NORMAS FUNDAMENTALES
Capítulo I
Disposiciones Básicas
Objeto y alcance de la ley
Art. 1.- La presente Ley regula la oferta pública de valores y a éstos, sus transacciones,
sus respectivos mercados eintermediarios y a los emisores, con la finalidad de promover
el desarrollo eficiente de dichos mercados y velar por los intereses del público
inversionista.
Las transacciones de valores que no se hagan previa oferta pública, tendrán el carácter
de privadas y quedarán excluidas de las disposiciones de esta Ley, excepto en los casos
en que ésta se remita expresamente a ellas.
La Superintendencia delSistema Financiero, en lo sucesivo denominada “La
Superintendencia”, vigilará el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley y fiscalizará
las bolsas de valores, las casas de corredores de bolsas, las sociedades especializadas
en el depósito y custodia de valores y las sociedades clasificadoras de riesgo.
En lo que no estuviere previsto en esta Ley, se aplicarán las disposiciones mercantilesvigentes y a falta de éstas, los usos y costumbres bursátiles.
Oferta pública
Art. 2.- Se entenderá que existe oferta pública cuando se haga llamamiento para suscribir,
enajenar o adquirir valores por algún medio de comunicación masiva o a persona
indeterminada.
La Superintendencia, en caso de duda, determinará mediante resolución de carácter
general, si ciertos tipos de oferta de valoresconstituyen oferta pública, y deberá resolver
sobre las consultas que al respecto se le formulen. (3)
Art. 3.- Todo valor que sea objeto de oferta pública, así como los emisores de los mismos
deberán asentarse en el Registro Público Bursátil que para tal efecto llevará la
Superintendencia, e inscribirse posteriormente en una bolsa de valores. El registro en la
Superintendencia tendrá carácter dedefinitivo. (9)
Se exceptúan de lo anterior el Estado y el Banco Central de Reserva de El Salvador, así
como los valores emitidos por éstos, los cuales podrán ser objeto de oferta pública, sin
necesidad de asentarlos en el Registro Público Bursátil antes mencionado. En el caso que
el Estado o el Banco Central de Reserva de El Salvador deseen negociar sus valores en
una bolsa, solamente presentarán a labolsa respectiva la certificación del acuerdo que
autoriza la emisión, o el respectivo Decreto Legislativo, quien deberá informarlo a la
Superintendencia. No obstante lo anterior, si las emisiones a las que hace referencia el
presente inciso no fueren asentadas en el Registro Público Bursátil, las entidades
emisoras deberán remitir a la Superintendencia la información que, mediante resolución...
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