Ley de mercado de valores
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Centro de Documentación, Información y Análisis
Última Reforma DOF 06-05-2009
LEY DEL MERCADO DE VALORES
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2005 TEXTO VIGENTE Última reforma publicada DOF 06-05-2009
Al margenun sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
LEY DEL MERCADO DE VALORES Título I Disposiciones preliminaresArtículo 1.- La presente Ley es de orden público y observancia general en los Estados Unidos Mexicanos y tiene por objeto desarrollar el mercado de valores en forma equitativa, eficiente y transparente; proteger los intereses del público inversionista; minimizar el riesgo sistémico; fomentar una sana competencia, y regular lo siguiente: I. La inscripción y la actualización, suspensión ycancelación de la inscripción de valores en el Registro Nacional de Valores y la organización de éste. La oferta e intermediación de valores. Las sociedades anónimas que coloquen acciones en el mercado de valores bursátil y extrabursátil a que esta Ley se refiere; así como el régimen especial que deberán observar en relación con las personas morales que las citadas sociedades controlen o en las que tenganuna influencia significativa o con aquéllas que las controlen. Las obligaciones de las personas morales que emitan valores, así como de las personas que celebren operaciones con valores. La organización y funcionamiento de las casas de bolsa, bolsas de valores, instituciones para el depósito de valores, contrapartes centrales de valores, proveedores de precios, instituciones calificadoras devalores y sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores. El desarrollo de sistemas de negociación de valores que permitan la realización de operaciones con éstos. La responsabilidad en que incurrirán las personas que realicen u omitan realizar los actos o hechos que esta Ley sanciona.
II. III.
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VIII.
Las facultades de las autoridades en el mercado de valores.
Artículo 2.- Para efectos de esta Ley se entenderá por: I. II. Comisión, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Consorcio, el conjunto depersonas morales vinculadas entre sí por una o más personas físicas que integrando un grupo de personas, tengan el control de las primeras. Control, la capacidad de una persona o grupo de personas, de llevar a cabo cualquiera de los actos siguientes: a) Imponer, directa o indirectamente, decisiones en las asambleas generales de accionistas, de socios u órganos equivalentes, o nombrar o destituir ala mayoría de los consejeros, administradores o sus equivalentes, de una persona moral. Mantener la titularidad de derechos que permitan, directa o indirectamente, ejercer el voto respecto de más del cincuenta por ciento del capital social de una persona moral. Dirigir, directa o indirectamente, la administración, la estrategia o las principales políticas de una persona moral, ya sea a través dela propiedad de valores, por contrato o de cualquier otra forma.
III.
b)
c)
IV.
Directivos relevantes, el director general de una sociedad sujeta a esta Ley, así como las personas físicas que ocupando un empleo, cargo o comisión en ésta o en las personas morales que controle dicha sociedad o que la controlen, adopten decisiones que trasciendan de forma significativa en la...
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