Ley de mineria
Art. 3.- Jurisdicción y competencia.- Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que realicen actividades mineras, están sometidas a las leyes, jueces y tribunales del país. En el caso de las personas naturales y jurídicas extranjeras, se tiene como implícita su renuncia a toda reclamación por vía diplomática o de organismos internacionales de Justicia.
Art.4.- Utilidad pública.- Se declara de utilidad pública la actividad minera en todas sus fases, dentro y fuera de las concesiones mineras. En consecuencia, procede la constitución de las servidumbres que fueren necesarias de acuerdo a esta Ley.
DOMINIO DEL ESTADO Y DE LOS DERECHOS MINEROS
Art. 5.- (Reformado por la Disposición General Primera de la Ley 99-37, R.O. 245, 30- VII-99).- Dominiodel Estado sobre minas y yacimientos.- Pertenecen al dominio inalienable e imprescriptible del Estado todas las sustancias minerales existentes en el territorio nacional, cualesquiera sean su origen, forma y estado físico, hállense en el interior o en la superficie de la tierra, en los fondos o en las aguas marinas. Y, su explotación se ceñirá a los lineamientos del desarrollo sustentable y de laprotección. y conservación del medio ambiente. De acuerdo con lo previsto en el último inciso del número 1 del artículo 46 (247) de la Constitución Política de la República, el Estado puede autorizar la ejecución de actividades mineras para el aprovechamiento racional de los recursos minerales a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, otorgándoles derechos mineros, deconformidad con esta Ley.
Art. 6.- Derechos mineros.- Por derechos mineros se entienden aquellos que emanan tanto de las concesiones de exploración y explotación, como de las autorizaciones para instalar y operar plantas de beneficio, fundición, refinación y de las licencias de comercialización. La prioridad en la presentación de solicitudes de concesiones mineras da derecho preferente para suotorgamiento.
Art. 11.- Informes.- Para ejecutar las actividades mineras a las que se refiere esta Ley en los lugares que a continuación se determinan, se requiere informes otorgados por las siguientes autoridades o instituciones, según los casos: a) Del Alcalde o Presidente del Concejo Municipal, dentro de una ciudad o centro poblado; b) Del Ministerio de Obras Públicas, en distancias de hasta 200metros medidos horizontalmente desde edificios, caminos públicos, ferrocarriles, andariveles, estaciones de radiocomunicaciones, antenas e instalaciones de telecomunicaciones; c) Del Instituto Ecuatoriano de Recursos Hidráulicos, en lagos, lagunas y embalses o en sitios destinados a la captación de agua para las poblaciones y en distancias de hasta 200 metros medidos horizontalmente desde losmismos; d) De la Empresa Estatal Petróleos del Ecuador o sus filiales en distancias de hasta 200 metros medidos horizontalmente desde oleoductos, gasoductos y poliductos, refinerías y demás instalaciones petroleras; e) De la Dirección General de la Marina Mercante y del Litoral en puertos habilitados; y, f) Del Instituto Ecuatoriano de Electrificación en distancias de hasta 100 metros medidoshorizontalmente, en áreas en las cuales existan centrales eléctricas, torres y líneas principales del Sistema Interconectado Nacional. Estos informes serán otorgados en un plazo máximo de quince días y contendrán los condicionamientos con los cuales se precautelen los intereses de cada institución, en caso de no emitirse en el plazo indicado se entenderán como favorables. Notas: - El Instituto Ecuatorianode Recursos Hidráulicos ha sido sustituido por el Consejo Nacional de Recursos Hidráulicos, cuerpo colegiado multisectorial, y por las Corporaciones Regionales de Desarrollo, instituciones públicas de manejo de los recursos hídricos del país. - El Instituto Ecuatoriano de Electrificación INECEL ya no existe, en su lugar está el CONELEC, Consejo Nacional de Electricidad. Capítulo IV DE LOS...
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