LEY DE OBRAS PUBLICAS SLP NUEVA 2014
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
San Luis Potosí
Las leyes y disposiciones de la autoridad son obligatorias por el sólo hecho de ser publicadas en este Periódico.
“2013, Año del 150 Aniversario de San Luis Potosí, como Capital de los Estados Unidos Mexicanos”
AÑO XCV I SAN LUIS POTOSI, S.L.P. J U E V E S 2 4 D E O C T U B R E DE 201 3
EDICIÓN EXTRAORDINARIA
S U M AR I O
Poder Legislativo del Estado
Decreto 370.- Ley de Obras y Servicios relacionados con las mismas del Estado.
Responsable:
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Director:
C.P. OSCAR IVAN LEON CALVO
2
JUEVES 24 DE OCTUBRE DE 2013
Periódico Oficial del Estado
L
ibre y Soberano de San L Potosí
uis
Poder Legislativo
del Estado
Periódico Oficial
DEL
ESTADO
LIBRE
YSOBERANO
DE
San Luis Potosí
Dr. Fernando Toranzo Fernández, Gobernador Constitucional
del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, a sus
habitantes sabed: Que el Congreso del Estado ha Decretado
lo siguiente:
Dr. Fernando Toranzo Fernández
DECRETO 370
Lic. Cándido Ochoa Rojas
La Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre
y Soberano de San Luis Potosí,Decreta
Gobernador Constitucional del Estado
de San Luis Potosí
Secretario General de Gobierno
C.P. Oscar Iván León Calvo
Director del Periódico Oficial
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San Luis Potosí, S.L.P.
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Viernes y extraordinariamente cuando así se requiera.
REGISTRO POSTAL
IMPRESOS DEPOSITADOS POR SUS
EDITORES O AGENTES
CR-SLP-002-99
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La obra pública es el conjunto de acciones, proyectos,
construcción y equipamiento, que se realiza con recursos
públicos para mantener y ampliar la infraestructura de un
municipio, enprovecho de los habitantes que residen en su
territorio. Comprende aquellos trabajos ejecutados con
recursos públicos que tienen por objeto, crear, construir,
instalar, ampliar, adecuar, adaptar, remodelar, restaurar,
reparar, conservar, rehabilitar, mantener, modificar o demoler
bienes inmuebles que conforman el patrimonio Federal,
Estatal y Municipal, así como de diversas dependencias oentidades que ejercen el gasto público.
En esencia, la obra pública se caracteriza esencialmente por
su finalidad: satisfacción de necesidades colectivas, o como
más rigurosamente se definían en el siglo XIX, por su destino
al uso público o al general aprovechamiento. En este sentido,
lo público se opone a lo privado, ya que no tiene dueño. Una
obra pública es aquélla que desarrolla el...
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