Ley de patrimonio cultura ecuador codificada
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LEY DE PATRIMONIO CULTURAL, CODIFICACION.
Codificación 27, Registro Oficial Suplemento 465 de 19 de Noviembre
del 2004.
H. CONGRESO NACIONAL
LA COMISION DE LEGISLACION Y CODIFICACION
Resuelve:
EXPEDIR LA SIGUIENTE CODIFICACION DE LA
LEY DE PATRIMONIO CULTURAL
Art. 1.- Mediante Decreto No. 2600 de 9 de junio de 1978, publicado en elRegistro Oficial No. 618 de 29 de los mismos mes y año, se creó el Instituto de
Patrimonio Cultural con personería jurídica, adscrito a la Casa de la Cultura
Ecuatoriana, que reemplaza a la Dirección de Patrimonio Artístico y se
financiará con los recursos que anualmente constarán en el Presupuesto del
Gobierno Nacional, a través del Capítulo correspondiente al Ministerio de
Educación y Cultura.Art. 2.- El Instituto Nacional de Patrimonio Cultural se conforma por: el
Directorio, la Dirección Nacional, las Subdirecciones y las demás unidades técnicas
y administrativas que constarán en el Reglamento respectivo. Es función del
Directorio dictar y aprobar el Reglamento Orgánico Funcional.
El Directorio se conforma de los siguientes miembros:
El Ministro de Educación y Cultura o suDelegado, quien lo presidirá;
El Ministro de Defensa Nacional o su Delegado;
El Ministro de Gobierno, Cultos, Policía y Municipalidades o su Delegado;
El Presidente de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana o su Delegado;
El Presidente de la Casa de la Cultura Ecuatoriana o su Delegado;
El Director de Patrimonio Cultural; y,
El Presidente del Consejo Nacional de Educación Superior, CONESUP o suDelegado.
Secretario nato de este Organismo es el Secretario del Instituto Nacional
Patrimonio Cultural.
de
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Art. 3.- El Director Nacional del Instituto será nombrado por el Directorio, y
será el representante legal del Organismo. Le corresponderá la delegación y
representación del País en cada reunión internacional relacionada con sucompetencia.
Art. 4.- El Instituto de Patrimonio Cultural, tendrá las siguientes funciones y
atribuciones:
a) Investigar, conservar, preservar, restaurar, exhibir y promocionar el
Patrimonio Cultural en el Ecuador; así como regular de acuerdo a la Ley todas las
actividades de esta naturaleza que se realicen en el país;
b) Elaborar el inventario de todos los bienes que constituyen estepatrimonio ya
sean propiedad pública o privada;
c) Efectuar investigaciones antropológicas y regular de acuerdo a la Ley estas
actividades en el País;
d) Velar por el correcto cumplimiento de la presente Ley; y,
e) Las demás que le asigne la presente Ley y Reglamento.
Art. 5.- Para el cumplimiento de los fines expresados en el artículo anterior el
Instituto gozará de exoneración de tododerecho arancelario, de conformidad con la
ley.
Art. 6.- Las personas naturales y jurídicas, la Fuerza Pública, y el Servicio de
Vigilancia Aduanera, están obligados a prestar su colaboración en la defensa y
conservación del Patrimonio Cultural Ecuatoriano.
Art. 7.- Decláranse bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural del Estado los
comprendidos en las siguientes categorías:
a) Los...
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