ley de policia
Metales: Profesor Jorge
Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana
Esta ley a los finesde mejorar la atención y estrechar los lazos con la comunidad le confiere competencias a los consejos comunales otorgándole una participación activa elaborando proyectos dirigidos primero a laeducación y sensibilidad social y segundo a la preparación de la comunidad en la norma jurídica que compete para poder articular armónicamente con los órganos correspondientes cuyo objetivo del proyecto es ladisminución de los índices delictivos. Dentro de las competencias que le da la ley a los consejos comunales y que con su aplicación se puede elaborar proyectos beneficiosos para la comunidad sepueden mencionar:
-Los consejos comunales pueden recomendar a los cuerpos de policía quienes atenderán esas recomendaciones con el propósito de mejorar el servicio de policía. Esta competencia deberíaser aplicada pues compartiendo ideas las dos partes se puede armar una buena propuesta de proyecto. Así se señala en el art. 16 de esta ley.
En el articulo 78: en relación a las formas departicipación, el legislador faculta a los Consejos Comunales :
-Para que se vinculen de manera directa con los Cuerpos de Policías y demás órganos de seguridad del Estado; así como la promoción de planes dedesarrollo, programas y proyectos en materia de seguridad ciudadana, pudiendo elevar las peticiones, sugerencias u observaciones ante el órgano rector, los alcaldes y/o los gobernadores.
Las ciudadanas yciudadanos de forma individual o colectiva, especialmente a través de los Consejos Comunales, podrán participar activamente en la elaboración y seguimiento de planes y programas referidos a la...
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