Ley De Propiedad Intelectual 11723
Ley 11.723*
Artículo 1º
A los efectos de la presente ley, las obras científicas, literarias y artísticas comprenden los escritos de toda
naturaleza, y extensión, entre ellos los programas de computación fuente y objeto; las compilaciones de datos o
de otros materiales; las obras dramáticas, composiciones musicales, dramático-musicales; las cinematográficas,coreográficas y pantomímicas; las obras de dibujo o pintura, escultura, arquitectura; modelos y obras de arte o
ciencia aplicadas al comercio a la industria; los impresos, planos y mapas; los plásticos, fotografías, grabados y
fonogramas(1), en fin, toda producción científica, literaria, artística o didáctica sea cual fuere el procedimiento
de reproducción.
La protección del derecho de autorabarcará la expresión de ideas, procedimientos, métodos de operación y
conceptos matemáticos pero no esas ideas, procedimientos, métodos y conceptos en sí(2).
Artículo 2º
El derecho de propiedad de una obra científica, literaria o artística, comprende para su autor la facultad de
disponer de ella, de publicarla, de ejecutarla, de representarla y exponerla en público, de enajenarla, de
traducirla,de adaptarla o de autorizar su traducción y de reproduciría en cualquier forma.
Artículo 3º
Al editor de una obra anónima o seudónima corresponderá, con relación a ella, los derechos y las obligaciones
del autor, quien podrá recabarlos para sí justificando su personalidad. Los autores que empleen seudónimos,
podrán registrarlos adquiriendo la propiedad de los mismos(3).
Artículo 4º
Sontitulares del derecho de propiedad intelectual: a) El autor de la obra; b) Sus herederos o derechohabientes;
c) Los que con permiso del autor la traducen, refunden, adaptan, modifican o transportan sobre la nueva obra
intelectual resultante; d) Las personas físicas o jurídicas cuyos dependientes contratados de computación en el
desempeño de sus funciones laborales y salvo estipulación encontrario(4).
Artículo 5º
La propiedad intelectual sobre sus obras corresponde a los autores durante su vida y a sus herederos o
derechohabientes hasta setenta años contados a partir del 1º de enero del año siguiente al de la muerte del autor.
En los casos de obras en colaboración, este término comenzará a contarse desde el 1º de enero del año siguiente
al de la muerte del último colaborador.
Para lasobras póstumas, el término de setenta años comenzará a correr a partir del 1º de enero del año siguiente
al de la muerte de autor. En caso de que un autor falleciera sin dejar herederos o derechohabientes, y se
declarase vacante su herencia, los derechos que a aquél correspondiesen sobre sus obras pasarán al Estado por
todo el término de ley, sin perjuicios de los derechos de terceros(5).Artículo 6º
Los herederos o derechohabientes no podrán o oponerse a que terceros reediten el causante cuando dejen
transcurrir más de diez años sin disponer su publicación. Tampoco podrán oponerse los herederos o
derechohabientes a que terceros traduzcan las obras del causante después de diez años de su fallecimiento. En
estos casos, si entre el tercero editor y los herederos o derechohabientes nohubiera acuerdo sobre las
condiciones de impresión o la retribución pecuniaria, ambas serán fijadas por árbitros.
Artículo 7º
Se considerarán obras póstumas, además de las no publicadas en vida del autor, las que lo hubieran sido durante
ésta, si el mismo autor a su fallecimiento las deja refundidas, adicionadas, anotadas o corregidas de una manera
tal que merezcan reputarse obras nuevas.
1La ley 23.741 modificó la expresión “discos fonográficos” por la palabra “fonogramas”.
Texto según la ley 25.036.
3
Esta norma se corresponde con el art. 23 de la ley 18.348, cuyo texto es el siguiente: “Cuando el seudónimo hubiere
adquirido notoriedad, goza de la tutela del nombre”.
4
El inciso d) fue incorporado por la ley 25.036.
5
Texto según la ley 24.870.
2
Artículo 8º
La...
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