Ley de regimen tributario
QUIENES ESTAN OBLIGADOS A LLEVAR CONTABILIDAD?
Contribuyentes obligados a llevar contabilidad.- Todas las sociedades, entendidas como tales las entidades a las que se refiere el Art. 94 de la Ley de Régimen Tributario Interno, están obligadas a llevar contabilidad.
La contabilidad deberá ser refrendada por un contador público legalmente autorizadoe inscrito en el respectivo Colegio, bajo su responsabilidad, de conformidad con la respectiva ley profesional.
Igualmente están obligadas a llevar contabilidad las personas naturales que realicen actividades empresariales y que operen con un capital propio que, al 1ro. de enero de cada ejercicio impositivo, hayan superado los 600.000.000 de sucres, o cuyos ingresos brutosanuales del ejercicio fiscal inmediato anterior hayan sido superiores a 1.000.000.000 de sucres. Se entiende como capital propio, la totalidad de los activos menos pasivos que posea el contribuyente, los cuales deben estar relacionados con la generación de la renta gravada. Las personas naturales que de acuerdo con lo dispuesto en el inciso precedente, estén obligadas a llevarcontabilidad en un ejercicio impositivo y que en ejercicios posteriores no alcancen los niveles de capital propios o ingresos brutos anuales correspondientes al año respectivo, no podrán dejar de llevar contabilidad sin autorización previa del Director General de Rentas.
No están obligadas a llevar contabilidad, pero si una cuenta de ingresos y egresos, las personas naturalesque realicen actividades empresariales y que no se encuentren incluídas en el inciso tercero de este artículo.
Los profesionales, comisionistas, artesanos, representantes y demás trabajadores autónomos, independientemente de la magnitud de su actividad, no están obligados a llevar contabilidad; en su lugar, están obligados a llevar una cuenta de ingresos y egresos para determinarsu renta imponible.
La cuenta de ingresos y egresos deberá estar debidamente respaldada en forma documentada.
Para efectos tributarios, los documentos sustentatorios de la contabilidad y de los registros de ingresos y egresos deberán conservarse por los plazos establecidos en el Art. 94 del Código Tributario.
Nota: Inciso tercero sustituido e inciso sextoreformado por Decreto Ejecutivo No. 1628, publicado en Registro Oficial 350 de 30 de Diciembre de 1999.
PRINCIPIOS GENERALES
La contabilidad se llevará por el sistema de partida doble, en idioma castellano y en moneda nacional, sin centavos, con sujeción a los principios de contabilidad generalmente aceptados vigentes en el país, emitidos por la Federación Nacional de Contadores a través desu organismo técnico, sin perjuicio de las facultades que tienen las Superintendencia de Bancos y de Compañías para regular la contabilidad de las sociedades sujetas a su control. Para efectos tributarios se deberán considerar las modificaciones que a dichos principios fueren establecidas mediante la Ley de Régimen Tributario Interno y este Reglamento, así como por normaslegales o reglamentarias tributarias expedidas para actividades o casos específicos. Para el efecto, la Dirección General de Rentas destacará un delegado para que participe en las reuniones del organismo técnico de la Federación Nacional de Contadores que determinen dichos principios, los mismos que serán periódicamente notificados al Director General de Rentas ypublicitados por el Ministro de Finanzas para que sean de aplicación general.
Cuando normas legales o reglamentarias lo dispongan, la contabilidad será bimonetaria, es decir, se expresará en moneda nacional y en la moneda extranjera que la norma pertinente prevea.
Los activos denominados en divisas se convertirán a sucres, de conformidad con los principios contables, al tipo...
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