Ley de sociedad de convivencia
La llamada Ley de Sociedad de Convivencia es un ordenamiento aprobado el día 9 de noviembre del 2006 por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en la ciudad de México. Los lineamientos para su aplicación se publicaron el 5 de marzo del 2007. Da reconocimiento legal a aquellos hogares formados por personas sin parentesco consanguíneo o por afinidad. La leycontempla y determina ciertos derechos y obligaciones para los miembros de la sociedad de convivencia, de los que carecían muchas familias antes de la creación de esta ley. Entre otros, se definió en ella el derecho a heredar (la sucesión legítima intestamentaria), a la subrogación del arrendamiento, a recibir alimentos en caso de necesidad y a la tutela legítima —en casi todo México sólo gozan deestos derechos los ascendientes, descendientes o el cónyuge legal de una persona. Gracias a esta nueva ley, se pueden registrar sociedades de convivencia en el Distrito Federal a partir del día 16 de marzo del 2007. Es una figura jurídica creada por la ALDF para regular la convivencia de dos personas físicas de diferente o del mismo sexo que pretenden establecer un hogar común, con permanencia yayuda mutua. La Ley de Sociedad de Convivencia del Distrito Federal señala que es un acto jurídico bilateral que se constituye, cuando dos personas físicas de diferente o del mismo sexo, mayores de edad y con capacidad jurídica plena, establecen un hogar común, con voluntad de permanencia y de ayuda mutua, obligando a las o los convivientes, en razón de la voluntad de permanencia, ayuda mutua yestablecimiento del hogar común, Surtiendo efectos contra terceros cuando la Sociedad es registrada ante la Dirección General Jurídica y de Gobierno del Órgano Político-Administrativo correspondiente. No podrán constituir Sociedad de Convivencia, las personas unidas en matrimonio, concubinato y aquéllas que mantengan vigente otra Sociedad de Convivencia. Tampoco podrán celebrar entre sí Sociedad deConvivencia, los parientes consanguíneos en línea recta sin límite de grado o colaterales hasta el cuarto grado. la Sociedad de Convivencia se regirá, en lo que fuere aplicable, en los términos del concubinato y las relaciones jurídicas que se derivan de este último, se producirán entre los convivientes. La Sociedad de Convivencia se rige conforme lo dispuesto por el artículo 16 de dicha Ley en lossupuestos de los artículos 13,14, 15,18, 21 y 23 de esta ley se aplicarán, en lo relativo, las reglas previstas en el Código Civil para el Distrito Federal, generando al igual que los cónyuges y concubinos el deber recíproco de proporcionarse alimentos, derechos sucesorios vigentes a partir del registro de la Sociedad de Convivencia, aplicándose al efecto lo relativo a la sucesión legítima entreconcubinos. En caso de que uno de los convivientes sea declarado en estado de interdicción, en términos de lo previsto por el Código Civil para el Distrito Federal, la o el otro conviviente será llamado a desempeñar la tutela, siempre que hayan vivido juntas o juntos por un período inmediato anterior a dos años a partir de que la Sociedad de Convivencia se haya constituido, aplicándose al efectolas reglas en materia de tutela legítima entre cónyuges o sin que mediare este tiempo, cuando no exista quien pueda desempeñar legalmente dicha tutela, en cuanto a las relaciones patrimoniales que surjan entre las o los convivientes, se regirán en los términos que para el acto señalen las leyes correspondientes, y en el caso de terminación de la Sociedad de Convivencia, el conviviente que carezcade ingresos y bienes suficientes para su sostenimiento, tendrá derecho a una pensión alimenticia sólo por la mitad del tiempo al que haya durado la Sociedad de Convivencia, siempre que no viva en concubinato, contraiga matrimonio o suscriba otra Sociedad de Convivencia. Este derecho podrá ejercitarse sólo durante el año siguiente a la terminación de dicha sociedad. La Sociedad de Convivencia...
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