Ley De Trabajo En Cuba
POR CUANTO: Mediante el Acuerdo adoptado por el Consejo de Estado el 22 de octubre de
1999, quien resuelve fue designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de 25 de
noviembre de 1994, establece entre las atribuciones comunes de los jefes de los organismos de la
Administración Central delEstado, dictar resoluciones en el límite de sus facultades y
competencia.
POR CUANTO: Conforme al Acuerdo No. 4085, de fecha 2 de julio del 2001, Apartado
Segundo, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, es el organismo encargado de proponer,
dirigir, controlar y evaluar sistemáticamente la política del Estado y el Gobierno en materia laboral,
salarial, seguridad y protección en eltrabajo y de prevención, atención y seguridad social.
POR CUANTO: La Resolución No. 51 de 12 de diciembre de 1988 del anteriormente
denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social, que aprobó y puso en vigor el
Reglamento para a aplicación de la Política de Empleo, debe ser actualizada atendiendo a los
l
cambios efectuados y los requerimientos actuales, en temas tales como los principiosgenerales de
la política de empleo, tipos y modalidades de los contratos de trabajo y el Expediente Laboral.
POR CUANTO: La experiencia obtenida en la aplicación del Reglamento para la admisión de
los trabajadores al empleo, su permanencia y promoción, puesto en vigor por la Resolución No.18
de 9 de noviembre de 1990, del anteriormente denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad
Social yde otras regulaciones dictadas para determinados sectores y ramas de la economía,
aconsejan su sustitución por procedimientos que fortalezcan las facultades y atribuciones de las
administraciones en la materia, sin detrimento de las garantías de los trabajadores.
POR CUANTO: Las modificaciones que se aplican en la política de empleo, que est án dirigidas
a la incorporación al trabajosocialmente útil de las personas aptas para ello , determinan la
realización de cambios que sean consecuentes con dicho propósito, en la legislación sobre el
tratamiento laboral y salarial de los interruptos y disponibles.
POR CUANTO: Resulta necesario, en favor del fortalecimiento del orden laboral en los centros
de trabajo, propiciar y apoyar desde el punto de vista legal, el carácter educativo delas medidas
disciplinarias y a la vez brindar mayores alternativas en el procedimiento para la imposición y
cumplimiento de dichas medidas.
POR CUANTO: Disposiciones de rango superior, tales como los decretos leyes números 197,
de 15 de octubre de 1999, sobre las relaciones laborales de los dirigentes y funcionarios y, 234 de
13 de agosto del 2003, de la maternidad de la trabajadora, impactanlas relaciones laborales sobre
aspectos que resulta conveniente significar.
POR CUANTO: Lo expuesto en los POR CUANTOS precedentes aconseja dictar un
Reglamento General sobre Relaciones Laborales que, de modo integral, contenga los cambios a
introducir en las materias y temas señalados en cada uno de ellos, a la vez que contribuya a la
necesaria unificación y simplificación de la legislaciónlaboral.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas resuelvo dictar el
siguiente:
REGLAMENTO
GENERAL SOBRE RELACIONES LABORALES
CAPITULO I
POLÍTICA DE EMPLEO
ARTÍCULO 1: La política de empleo es parte de la política social y económica del Estado,
ordenada para la incorporación al trabajo socialmente útil de las personas aptas y con disposición
para ello, sindiscriminación alguna; garantiza ingresos, seguridad y estabilidad laboral del
trabajador ante los cambios estructurales o cíclicos; la capacitación y desarrollo permanente de la
fuerza de trabajo y amplias formas de participación de los trabajadores y sus organizaciones en
todos los niveles de toma de decisiones sobre dicha política.
Esta política es de aplicación en todas las entidades...
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