Ley de transito
Titulo I Disposiciones Generales Artículo 1: De la Ley. Para efectos de lo dispuesto por la presente ley por tránsito deben entenderse todas aquellas actividades relacionadas con la regulación, control, ordenamiento y administración dela circulación terrestre y acuática de las personas y vehículos, sus conductores y pasajeros, estacionamiento de vehículos, señalización,semaforización, uso de libas públicas, educación vial y actividades de policía, relacionadas con el transito en las vías publicas. Las disposiciones de esta ley se aplican a toda persona y vehículo que se encuentre en territorio nacional, solo se exceptúa lo establecido en convenios y tratados internacionales ratificados por el Estado de Guatemala. Articulo 2: Vía Pública. La vía pública seintegra por las carreteras, caminos. calles y avenidas. calzadas. viaductos y sus respectivas áreas de derecho de v la. aceras. puentes. pasarelas; y los ríos y lagos navegables, mar territorial, demás vías acuáticas. cuyo destino obvio y natural sea la circulación de personas y vehículos, y que conforme las normas civiles que rigen la propiedad de los bienes del poder público están destinadas al usocomún. Articulo 3: Responsabilidad. Es responsabilidad de los conductores de los vehículos y, de todas las personas, sean peatones, nadadores o pasajeros, cumplir con las normas que en materia de tránsito establece la presente ley y normen sus reglamentos. En consecuencia, independientemente de las disposiciones que afecten la tenencia de los vehículos, las sanciones deberán dirigirse también haciael conductor responsable. En todo caso, cualquier sanción que afecte el vehículo, será responsabilidad solidaria del propietario del mismo y del conductor. Titulo II De la Autoridad de Tránsito Articulo 4: Competencia. Compete al Ministerio de Gobernación, por intermedio del Departamento de Tránsito de la Dirección General de la Policía Nacional, el ejercicio de la autoridad de tránsito en la víapública, de conformidad con esta ley, salvo lo dispuesto en los artículos 8 y 9. Articulo 5: Facultades. Corresponderá al Departamento de Tránsito de la Dirección General de la Policía Nacional del Ministerio de Gobernación aplicar la presente ley y para el efecto está facultado para lo siguiente: a) Planificar, dirigir, administrar y controlar el tránsito en todo el territorio nacional. ,...
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