ley de urbanismo y construccion en lo relativo a parcelaciones y urbanizaciones habitacionales d 70 91

Páginas: 65 (16171 palabras) Publicado: 9 de septiembre de 2015
Decreto N° 70
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL SALVADOR,
Considerando:
I
Que la parcelación de los suelos para uso habitacional es una necesidad social y a la
vez una función económica desarrollada por los parceladotes para su uso y propiedad
de terceros.
II
Que la parcelación espontánea del suelo ha creado núcleos de población que por no
contar con la infraestructura básica y en el equipamientosocial necesario, constituye un
peligro para la salud y el bienestar de sus habitantes;
III
Que la urbanización está creciendo desordenadamente y a un ritmo acelerado en el
país, constituyendo un atentado para los recursos naturales y el medio ambiente
debido a la falta de regulación que controle adecuadamente tales desarrollos;
IV
Que es imperante que estos desarrollos que se realizan en lasciudades existentes y en
los nuevos núcleos despoblación, se hagan en base a un ordenamiento del territorio
bajo las normas en beneficio de las personas que poblarán las nuevas zonas urbanas;
V
Que el Reglamento vigente debe adaptarse a las necesidades habitacionales que
plantea la realidad socio- económica a fin de que desarrolle a cabalidad los alcances y
fines de la Ley de Urbanismo yConstrucción; por lo que es necesario emitir uno con el
fin de hacer accesible la propiedad para uso habitacional a toda la población;
VI
Que de conformidad a la facultad conferida en el Art. 2 literales f) y j) de la Ley de
Urbanismo y Construcción y el Art. 3 de la Ley de Planes Reguladores corresponde al
Órgano Ejecutivo en el Ramo de Obras Públicas emitir los Reglamentos de Parcelación
y Urbanización parael territorio nacional.

Por tanto,
En uso de sus facultades legales,
Decreta el siguiente:
REGLAMENTO DE LA LEY DE URBANISMO
Y CONSTRUCCION EN LO RELATIVO
A PARCELACIONES Y URBANIZACIONES
HABITACIONALES
TITULO PRELIMINAR
CAPITULO UNICO
OBJETO, ALCANCE Y DEFINICIONES
Objeto
Art. 1: El presente reglamento tiene por objeto desarrollar todas las disposiciones
necesarias para la tramitación depermisos de parcelación y normas de notificación,
equipamiento comunal y público, sistema vial e infraestructura de los servicios públicos
que deberán cumplir los propietarios y urbanizaciones de parcelación habitacionales.
Alcances y Atribuciones
Art. 2: Se regirá por el presente reglamento todas las actividades relacionadas con la
planificación, ejecución y control de cualquier proyecto de parcelaciónhabitacional que
se realice en el territorio nacional, con excepción de aquellos municipios o grupos de
municipios que cuenten con un plan local que establezca su propio reglamento.
El plan local deberá aprobarse por el Consejo Municipal correspondiente, previa
consulta al Viceministro de Vivienda y Desarrollo Urbano y luego obtener dictamen
favorable del mismo. El reglamento de un plan local nopodrá reducir las disposiciones
mínimas establecidas en este Reglamento sin la autorización previa del Viceministro de
Vivienda y Desarrollo Urbano.
Corresponde al Viceministro de Vivienda y Desarrollo Urbano, velara por el
cumplimiento de las disposiciones y normas establecidas en el presente reglamento y
los municipios deberán presentar toda su colaboración para el desarrollo eficiente de
susfunciones.
Definiciones
Art. 3: Para los efectos de este Reglamento se entiende por :

Acera: La sección de las vías públicas destinadas a la circulación peatonal.
Área Construida: La suma de las áreas de cada uno de los espacios dentro de las
edificaciones.
Área Útil: El área de un lote o la suma de las áreas de cada uno de los lotes
resultantes de una parcelación.
Área de Equipamiento Comunal:Área de terreno destinada al esparcimiento,
recreación y actividades de tipo social.
Área Educativa: Área de terreno destinada al aprendizaje y formación cultural de la
comunidad.
Área de Equipamiento Complementario: Área de terreno destinada a usos
comerciales y / o institucionales.
Área Verde: Área de terreno destinado a la recreación al aire, para uso público y/o
comunitario.
Arríate: Área del...
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