Ley del ejercicio del fisioterapueuta
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo I
De la Fisioterapia
Objeto
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto regular el ejercicio de laprofesión
de Fisioterapia, así como prever normas destinadas a regular la protección
y supervisión de su ejercicio en todo el territorio de la República Bolivariana
de Venezuela.
La FisioterapiaArtículo 2. La Fisioterapia es una profesión del área de la salud, de libre
ejercicio, con formación y educación universitaria. Su objetivo principal es el
estudio, la valoraciónfuncional, comprensión y manejo del movimiento del
cuerpo humano, como elemento esencial de la salud y el bienestar del individuo.
En tal sentido, las acciones de esta disciplina deben estarorientadas a la
investigación, promoción, prevención, habilitación y rehabilitación con el fin de
recuperar al máximo posible las funciones de las personas, mejorar su calidad de
vida y contribuircon el desarrollo social.
El o la fisioterapeuta
Artículo 3. El o la fisioterapeuta es aquel o aquella a quien el Estado le ha dado
la potestad para el ejercicio de la profesión defisioterapia, mediante el
otorgamiento de un título universitario expedido por una institución de
educación superior, nacional o extranjera, que haya cumplido con los requisitos
establecidos en lapresente Ley y leyes de la República Bolivariana de
Venezuela.
Principios universales
Artículo 4. Los principios que rigen el ejercicio de la Fisioterapia son: Respeto a
la vida y dignidadpersonal, humanismo, probidad, igualdad de trato, equidad,
solidaridad, integración, participación, respeto a la voluntad del paciente,
corresponsabilidad, protagonismo y cooperación, asícomo los no enunciados en
esta Ley y establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela y en los tratados, pactos y convenciones suscritas y ratificadas por la Republica
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