Ley del seguro de retiro cenastia en edad avanzada
retiro,cenastia en edad
avanzada y vejez
Sánchez Álvarez Cynthia
ARTICULO 152-199
Articulo 153
El otorgamiento de las prestaciones
contenidas en este capitulo requiere del
cumplimiento de periodos de espera
médicos en semanas de cotización
reconocidas por el instituto, conforme se
señala en las disposiciones relativas a cada
uno de los ramos de aseguramiento
amparados.Cesantía en
edad avanzada
Del ramo de cesantía en edad
avanzada
Se considera que existe cesantía en edad
avanzada cuando el asegurado es privado de
trabajos remunerados.
Reconocidas 1250 cotizaciones semanales.
Los trabajadores con 60 años o más y no
cumplan las semanas cotizadas ;podrán retirar
su cuenta individual en una sola exhibición o
seguir cotizando.
750 semanas cotizadas; tienederecho a las
prestaciones en especie en especie del seguro
de enfermedades y maternidad.
El derecho al goce de la pensión comenzara
desde el día en que quede privado de trabajos
remunerados o cotizadas las semanas ya
establecidas(solicita el otorgamiento).
Prestaciones que otorga el
instituto
Pensión
Asistencia medica.
Asignaciones familiares(ayuda por concepto de
carga de familia).
Ayudaasistencial(aumento hasta del 20% de la
pensión según el dictamen medico).
Disposición de las cuenta
individual(alternativas)
Contratar con la institución de seguros de su
elección una cuenta vitalicia, que se actualizará
anualmente en el mes de febrero conforme al
índice Nacional de Precios al Consumidor.
Mantener el saldo de su cuenta individual en una
Administradora de fondo para elretiro y efectuar
con cargo a éste, con retiros programados.
(ambos supuestos sujetados a LSS y CNSA)
Pensión antes de cumplir edades
establecidas
Cuando la pensión que se le calcule en el sistema de
cuenta vitalicia sea superior en más de 30% de la
pensión garantizada, una vez cubierta la prima del
seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios.
(ASEGURADORA; recibe los recursos acumulados de lacuenta
individual y pagara periódicamente una pensión)
El pensionado tendrá derechos a recibir el excedente de
los recursos acumulados en su cuenta individual en una
o varias exhibiciones solo si es mayor en mas del 30% de
la pensión que se le garantizara.
( Disposición de la cuenta y rendimientos están exentos
de pago de contribuciones).
Del ramo de vejez
Prestaciones:
A) Pensión.
B)Asistencia medica .
C) Asignaciones familiares( ayuda por cargo de
familia)
D) Ayuda asistencial.
El asegurado tenga
cumplidos 65 años y
tenga reconocido por
el instituto 1250
semanas de
cotización.
Si el asegurado tiene
cotizadas un mínimo
de 750 semanas
tendrá ya derecho a
las prestaciones en
especie
En caso que el asegurado tenga 65
años o más y no reúna las semanas de
cotización señaladas enel párrafo
precedente, podrá retirar el saldo de su
cuenta individual en una sola
exhibición o seguir cotizando hasta
cubrir las semanas necesarias para
que opere su pensión.
El asegurado debe solicitarlo a partir de
la fecha en que haya dejado de
trabajar.
Disposición de las cuenta
individual(alternativas)
1.- Contratar con una
compañía de seguros
publica, social o
privada de su eleccióncon una renta
vitalicia ,que se
actualizará anualmente
en el mes de febrero
conforme al índice
Nacional de Precio al
Consumidor.
2.- Mantener el saldo de su cuenta
individual en una Administradora
de fondos para el retiro y efectuar
con cargo a este , retiros
programados.
Ayuda para gastos de matrimonio
Articulo
165
El asegurado tiene derecho a
retirar como ayuda para gastos
de matrimonio,una cantidad
equivalente a 30 días de salario
mínimo proveniente de la cuota
mensual que aporte al estado .
Requisitos:
1.- Que tenga como acreditado 150 semanas de
cotización en el seguro de retiro, cesantía en edad
avanzada y vejez, en la fecha de celebración del
matrimonio.
2.- Que compruebe con documentos fehacientes la
muerte de la persona que registro como cónyuge en el
instituto,...
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