LEY GENERAL DE DERECHOS LINGÜÍSTICOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
ARTÍCULO 1. La presente Ley es de orden público e interés social, de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos y tienepor objeto regular el reconocimiento y protección de los derechos lingüísticos, individuales y colectivos de los pueblos y comunidades indígenas, así como la promoción del uso y desarrollo de laslenguas indígenas.
ARTÍCULO 2. Las lenguas indígenas son aquellas que proceden de los pueblos existentes en el territorio nacional antes del establecimiento del Estado Mexicano, además de aquellasprovenientes de otros pueblos indoamericanos, igualmente preexistentes que se han arraigado en el territorio nacional con posterioridad y que se reconocen por poseer un conjunto ordenado y sistemático deformas orales funcionales y simbólicas de comunicación.
ARTÍCULO 3. Las lenguas indígenas son parte integrante del patrimonio cultural y lingüístico nacional.
ARTÍCULO 4. Las lenguasindígenas que se reconozcan en los términos de la presente Ley y el español son lenguas nacionales por su origen histórico, y tienen la misma validez en su territorio, localización y contexto en que sehablen.
ARTÍCULO 5. El Estado a través de sus tres órdenes de gobierno, -Federación, Entidades Federativas y municipios
ARTÍCULO 6. El Estado adoptará e instrumentará las medidas necesarias paraasegurar que los medios de comunicación masiva difundan la realidad y la diversidad lingüística y cultural de la Nación Mexicana.
ARTÍCULO 7. Las lenguas indígenas serán válidas, al igual que elespañol, para cualquier asunto o trámite de carácter público, así como para acceder plenamente a la gestión, servicios e información pública.
ARTÍCULO 8. Ninguna persona podrá ser sujeto a cualquiertipo de discriminación a causa o en virtud de la lengua que hable.
ARTÍCULO 9. Es derecho de todo mexicano comunicarse en la lengua de la que sea hablante, sin restricciones en el ámbito...
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