Ley general de hacienda de yucatan 2010
TARIFA: Al agrupamiento ordenado de cuotas y tasas, que contienelímites inferiores y superiores en rangos progresivos. CAUSACIÓN: Al elemento que determina el momento exacto en que se considera completado, perfeccionado o consumado el hecho generador del tributo. ÉPOCA DE PAGO: Al elemento temporal en que deben pagarse las
contribuciones. EXENCIONES: A determinadas circunstancias que, de manera particular, eximen a ciertos objetos y sujetos de lascontribuciones, no obstante que exista la realización del hecho generador del tributo. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE CADA TRIBUTO: A aquellas obligaciones a cargo de los contribuyentes que no pueden generalizarse. UNIDADES ECONÓMICAS: A los fideicomisos, las asociaciones en participación a que se refiere la Ley General de Sociedades Mercantiles, sucesiones, las copropiedades, las sociedades conyugales ytodas aquellas entidades, que sin tener personalidad jurídica propia, realizan los actods o actividades que causan contribuciones o aprovechamientos. El tratamiento fiscal de las unidades económicas será el mismo que para las personas morales. (Párrafo Adicionado el 30 de diciembre de 2009) ARTÍCULO 4.- Los impuestos que establece esta ley podrán pagarse en las oficinas recaudadoras y en lasinstituciones de crédito que autorice para tal efecto la Secretaría de Hacienda; utilizando los medios de pago señalados en el Código Fiscal del Estado, e incluso mediante transferencia electrónica de fondos. ARTÍCULO 5. - Los derechos que establece esta ley se pagarán por los servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público o por el uso o aprovechamiento de los bienes de dominio públicodel Estado. Cuando de conformidad con el Código de la Administración Pública de Yucatán u otras disposiciones legales o administrativas, los servicios que preste una dependencia o
entidad sean proporcionados por otra distinta, se seguirán cobrando los derechos en los términos establecidos por esta ley. (Párrafo Reformado el 30 de diciembre de 2009) ARTÍCULO 6. - Para los efectos de esta ley,las siglas S.M.G. se entenderán como veces de salario mínimo general diario, vigente en el Estado de Yucatán. Las tasas, cuotas y tarifas de los derechos aplicables al ejercicio fiscal de que se trata, se podrán modificar en la cantidad o porcentaje que, a iniciativa del Ejecutivo, apruebe el Congreso del Estado; y las cantidades que resulten, se ajustarán de conformidad con la siguiente: TABLA...
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