ley general de salud
La Ley General de Salud, en su Art. 100 establece que le corresponde al Ministerio de Salud Pública (MSP), la habilitación de las instituciones o establecimientos de salud, y trazar loslineamientos normativos generales para la acreditación, sobre la base de los cuales se dará cumplimiento a las funciones atribuidas en este Artículo. El MSP, a través de la Dirección General de Habilitación yAcreditación, adscrita al Viceministerio de Garantía de la Calidad, ha desarrollado un conjunto de acciones a fin de que el Sistema Nacional de Salud cuente con un Sistema Nacional de Habilitación quegarantice estándares mínimos de calidad. La Habilitación de establecimientos de salud, se fundamenta en el proceso de evaluación mediante el cual el MSP, otorga la licencia de funcionamiento a unestablecimiento de salud que ha cumplido con la totalidad de requerimientos establecidos. Para apoyar este proceso se han elaborado un conjunto de normativas para la Habilitación de establecimientos yservicios de salud.
Mediante Disposición Administrativa No. 025085/1 del Ministerio de Salud, se crea la Unidad de Habilitación y Acreditación para los Establecimientos de Salud, de acuerdo a loestablecido por la Ley No. 42-01. La misma indicaba, que al término de un período de 2 años de puesta en marcha progresiva el proceso que le compete, sería elevada al nivel de Dirección General. Ennoviembre del 2004, las autoridades, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Habilitación (1138-03), promueve la Unidad de Habilitación y Acreditación a la categoría de Dirección Generalde Habilitación y Acreditación (Disposición Administrativa No. 00008) para desarrollar un Sistema Nacional de Habilitación en salud, técnica y éticamente confiable, efectivo y transparente.
Política de CalidadLa Dirección General de Habilitación y Acreditación tiene el compromiso de velar que los establecimientos de Salud, a nivel nacional, cumplan con los requisitos establecidos en la...
Regístrate para leer el documento completo.