ley general semarnat 037
La coordinación fiscal se reforzó con la llamada “Tesis Vallarta”, en razón de la cual, en 1884 la Cortedeterminó la existencia de una amplia concurrencia impositiva entre la Federación y las entidades, de tal suerte que tanto la Federación como los estados podrían gravar 18 Ley de Coordinación Fiscal comentada todas las fuentes de ingresos, con excepción de las reservadas por la Constitución de 1857 a la Federación.
La Constitución de 1917, al igual que la de 1824 y la de 1857, no distribuyó lasfuentes de ingresos o las materias sobre las cuales se ejercería la potestad tributaria por el Congreso de la Unión y las legislaturas locales, generándose un auténtico sistema concurrente –o coincidente, para ser más precisos–, donde la Federación tenía la libertad de establecer contribuciones sobre cualquier hecho o acto jurídico y los estados únicamente encontraban limitaciones en los artículos117, 118 y 131 constitucionales.
No obstante, a partir de los años veinte se inició un proceso de fortalecimiento de la coordinación fiscal mediante una política que implicaba ir separando de la Ley del Timbre algunas hipótesis del gravamen, estableciendo leyes especiales con participaciones a los estados y municipios involucrados en el proceso económico. Como consecuencia de que la normasuprema no hacía una separación de fuentes impositivas, además de que dentro de las fuentes reservadas a la Federación no se incluían las más importantes, se generó una doble y hasta triple tributación, al existir una amplia coincidencia tributaria, según la fracción VII del artículo 73 constitucional, que faculta al Congreso de la Unión para establecer las contribuciones necesarias para cubrir elpresupuesto, en tanto que los artículos 115 y 124 de la norma suprema establecen lo mismo para los estados.
El Congreso de la Unión, en ocasiones en su carácter de constituyente permanente y de legislador federal en otras, estableció gradualmente un auténtico sistema de coordinación fiscal, el cual se sustentaba, por una parte, en participaciones de los impuestos federales a favor de las entidadesfederativas y, por otra parte, en una contribución federal prevista originalmente en la Ley Federal del Timbre, que recaía sobre los ingresos tributarios de carácter local y municipal, y constituía una auténtica participación de los impuestos de esos niveles de gobierno a favor de la Federación.
Vendrían las convenciones nacionales fiscales y un fuerte impulso a la coordinación a partir de lareforma constitucional de la fracción X del artículo 73 (1934), y se estableció en el nivel constitucional la base para la futura creación de un Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, basado en las participaciones que respecto de tributos 19 Introducción federales sobre materias específicas distribuiría la Federación entre las entidades federativas. Con posterioridad, en 1942, conforme a la...
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