ley justicia alternativa
UNIDAD DE INFORMATICA LEGISLATIVA
LEY DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE
SOLUCION DE CONTROVERSIAS EN
MATERIA PENAL PARA EL ESTADO DE SAN
LUIS POTOSI
Fecha de Aprobación:
Fecha de Promulgación:
Fecha de Publicación:
20 DE MARZO DE 2014
01 DE ABRIL DE 2014
26 DE ABRIL DE 2014
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San Luis Potosí; y el artículo 2º del Código Civil para el Estado de San Luis Potosí, las únicaspublicaciones que dan validez jurídica a una norma es el propio Diario
Oficial de la Federación, la Gaceta Oficial del Distrito Federal o los Periódicos Oficiales Estatales, en este caso el Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí.
H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS
LEY DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS EN MATERIA
PENALPARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
TEXTO ORIGINAL
Ley publicada en la Edición Extraordinario del Periódico Oficial del Estado, El Sábado 26 de Abril
de 2014
C. FERNANDO TORANZO FERNANDEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano
de San Luis Potosí, a sus habitantes sabed:
La Sexagésima Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, decreta
losiguiente
DECRETO 562
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Para transitar gradualmente en la implementación del sistema de justicia penal acusatorio, y aplicar
los sistemas alternativos de solución de controversias que en materia penal regulen su aplicación,
aseguren la reparación del daño, y establezcan casos en los que se requiere supervisión judicial,
obligatorios por mandato constitucional emitido eldieciocho de junio del dos mil ocho, cuyo término
definitivo para aplicar es el año dos mil dieciséis, se expide la Ley de Mecanismos Alternativos de
Solución de Controversias en Materia Penal para el Estado.
Si bien es cierto el artículo 73 en su fracción XXI inciso c) de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, otorga la atribución al Congreso de la Unión para expedir lalegislación única en
materia procedimental penal; de mecanismos alternativos de solución de controversias; y de
ejecución de penas que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común, también lo
es que el plazo específico para que entre en vigor en toda la República esa disposición, es el
dieciocho de junio del dos mil dieciséis, por lo que en el transcurso de este tiempo es posible quelas entidades federativas expidan leyes en la materia de mecanismos alternativos de solución de
controversias en materia penal. Así, se valora que en este lapso se implementen mecanismos en el
Estado, para dar paso a los ordenamientos generales de aplicación en todo el país.
La aplicación de los mecanismos alternativos para la solución de controversias tales como, la
mediación, la conciliacióny la justicia restaurativa en materia penal, es la base para dar paso a la
construcción de una cultura de la paz en nuestra sociedad, que transforme gradualmente la manera
de relacionarse, los procedimientos tradicionales para hacer cumplir las leyes, y evite en lo posible
la celebración de juicios innecesarios; despresurice las altas cargas de trabajo de los órganos
jurisdiccionales, y lasaturación de los centros penitenciarios por la comisión de delitos no graves y,
finalmente permita alcanzar a través de la razón, el entendimiento, el respeto, la negociación y los
acuerdos mutuos la solución de los conflictos interpersonales y sociales de manera pacífica, y la
reparación del daño a las víctimas y ofendidos, de una manera más rápida que nos lleve en su
conjunto a alcanzar...
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