Ley nº 9817

Páginas: 24 (5798 palabras) Publicado: 17 de diciembre de 2011
LEY Nº 9817
- La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de LEY:
Art. 1º - Modifícanse los artículos de la Ley Nº 3818 que se enumeran a continuación, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:
Disposiciones para los Farmacéuticos
Artículo 57º.- EJERCICIO PROFESIONAL: Entiéndese por ejercicio de la profesión farmacéutica, la preparación de recetas y dispensade medicamentos, la realización de servicios, la vigilancia o el desempeño de cargos, funciones, comisiones o empleos, remunerados o no, dentro del ámbito público o privado, que requieran el conocimiento científico o técnico que emana de la posesión del título universitario de Farmacéutico.
Será considerado ejercicio ilegal de la profesión farmacéutica la tenencia de especialidades, drogas ypreparados en cualquier ámbito no autorizado por la Autoridad de Aplicación, lo mismo que su dispensa, aún a título gratuito.
Las conductas referidas en este artículo serán penadas de acuerdo a lo prescripto en los artículos 204, 208 y 247 del Código Penal.
Artículo 58º.- MATRICULACION: Los Farmacéuticos, para ejercer su profesión, deberán ser habilitados por el Colegio de Farmacéuticos de EntreRíos, a través del otorgamiento de la matrícula pertinente, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que establezca la entidad, quedando sometidos al marco ético que rige dicha profesión. Los farmacéuticos matriculados en Entre Ríos no podrán ejercer la profesión contemporáneamente en otras jurisdicciones.
Facúltase al Colegio de Farmacéuticos de Entre Ríos a colaborar con la Autoridad deAplicación de esta ley, en el control y verificación del cumplimiento de la normativa vigente, debiendo denunciar ante aquella dependencia todas las inobservancias o transgresiones de las cuales tenga conocimiento.
Artículo 59º.- INCAPACIDADES: La autoridad sanitaria, a través de sus organismos competentes, inhabilitará para el ejercicio de la profesión farmacéutica a las personas conenfermedades invalidantes mientras duren éstas. La incapacidad será determinada por una junta médica en las condiciones que se reglamentarán. La persona inhabilitada podrá solicitar su rehabilitación, invocando la desaparición de las causales, debiendo dictaminar previamente una junta médica en la forma prevista en el párrafo anterior.
Artículo 60º.- DIRECCION TECNICA: La Dirección Técnica de las FarmaciasOficinales e Institucionales, Herboristerías, Dispensarios, Droguerías y Laboratorios (de los establecimientos y/o servicios comprendidos en esta ley, donde se realicen actividades relacionadas al ejercicio de la profesión farmacéutica), deberá ser ejercida por un farmacéutico matriculado. Ningún farmacéutico podrá ejercer más de una Dirección Técnica a la vez, estando obligado a desempeñar talfunción en forma personal, permanente y efectiva, teniendo su domicilio en el lugar donde esté radicado el ámbito de salud bajo su control.
Artículo 61º.- INCOMPATIBILIDADES: Es incompatible el desempeñarse como Director Técnico de una Farmacia, Herboristería, Droguería o Laboratorio con los siguientes cargos:
a) Ser Jefe de Servicio Farmacéutico en entes oficiales (municipales, provinciales odependientes de los Ministerios Nacionales). Quedan exceptuados los encargados de farmacias institucionales de hospitales oficiales de menos de cien camas, en caso de que no hubiera disponibilidad de farmacéuticos libres en esa localidad.
b) Ser integrante de cualquier organismo encargado del control de farmacias, droguerías o laboratorios.
c) Ser Jefe de Secciones Oficiales en funcionesespecíficas.
Los Farmacéuticos que tengan al mismo tiempo el título de médico, bioquímico, odontólogo o médico veterinario, deberán optar ante la Autoridad de Aplicación por el ejercicio de una u otra de estas profesiones, no pudiendo ejercerlas simultáneamente.
Artículo 62º.- RESPONSABILIDAD: El Director Técnico será el responsable ante la Autoridad de Aplicación del cumplimiento de las leyes,...
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