ley organica del municipio
INFORMATICA LEGISLATIVA
LEY ORGANICA DEL MUNICIPIO LIBRE
DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
Fecha de Aprobación:
Fecha de Promulgación:
Fecha de Publicación:
Fecha de Ultima Reforma:
29 DE JUNIO DE 2000
08 DE JULIO DE 2000
11 DE JULIO DE 2000
21 DE MARZO DE 2009
H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS
LEY ORGANICA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL DEL 21 DE MARZO DE 2009.
Ley publicada en la Edición Extraordinaria del Periódico Oficial, el martes 11 de julio de 2000.
FERNANDO SILVA NIETO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis
Potosí, a sus habitantes sabed: Que la Quincuagésima Quinta Legislatura Constitucional del Estado se ha servido dirigirme el
siguiente:
DECRETO 554
LA QUINCUAGESIMA QUINTA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE SAN LUIS POTOSI, DECRETA LO SIGUIENTE:
LEY ORGANICA DEL MUNICIPIO LIBRE
DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
TITULO PRIMERO
DEL MUNICIPIO
CAPITULO I Disposiciones Generales
ARTICULO 1°. La presente Ley determina la estructura, la organización y el funcionamiento del
gobierno municipal en el Estado de San Luis Potosí, conforme a lo dispuesto por el artículo 115 y
demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y reglamenta las disposiciones contenidas en la Constitución Política del Estado referentes al Municipio Libre.
ARTICULO 2°. El Municipio Libre constituye la base de la división territorial y de la organización
política y administrativa del Estado.
ARTICULO 3°. El Municipio Libre es una entidad de carácter público, dotado de personalidad
jurídica y patrimonio propios; autónomo en su régimen interior y con libertad para administrar su hacienda conforme a las disposiciones constitucionales y a esta Ley.
ARTICULO 4°. Para el cumplimiento de sus fines y aprovechamiento de sus recursos, los
ayuntamientos formularán planes de desarrollo y programas de acuerdo con las leyes y
reglamentos de la materia, buscando sin menoscabo de la autonomía municipal, la congruencia
con las administraciones estatal y federal como elemento fundamental para el fortalecimiento del
federalismo.
ARTICULO 5°. Los municipios, previo acuerdo entre sus ayuntamientos y con sujeción a la ley,
podrán coordinarse y asociarse entre sí para la resolución de sus necesidades comunes y la mejor
prestación de los servicios públicos; en cuanto proceda, buscarán la coordinación con los gobiernos estatal y federal.
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CAPITULO II
De la División Territorial del Estado
ARTICULO 6°. El territorio del Estado de San Luis Potosí está dividido en cincuenta y ocho
municipios, siendo éstos los siguientes:
1. Ahualulco
2. Alaquines 3. Aquismón
4. Armadillo de los Infante
5. Axtla de Terrazas
6. Cárdenas
7. Catorce
8. Cedral
9. Cerritos
10. Cerro de San Pedro
11. Coxcatlán
12. Ciudad del Maíz
13. Ciudad Valles
14. Ciudad Fernández
15. Charcas
16. Ebano
17. El Naranjo
18. Guadalcázar
19. Huehuetlán
20. Lagunillas
21. Matehuala
22. Matlapa
23. Mexquitic de Carmona
24. MoctezumaDescargala en: www.congresoslp.gob.mx
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25. Rayón
26. Rioverde
27. Salinas
28. San Antonio
29. San Luis Potosí
30. San Martín Chalchicuautla
31. San Ciro de Acosta
32. San Nicolás Tolentino
33. San Vicente Tancuayalab
34. Santa Catarina
35. Santa María del Río ...
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