Ley organica del trabajo en venezuela
Para el trabajador los riesgos inherentes que significa el desarrollo de cualquier actividad, encuadrada dentro de la relación de trabajo hace que este expuesto a las contingencias o accidentes del trabajo, que se materializan por el riesgo mismo que genera la propia actividad y el entorno que significa el hábitat laboral. Por ello las consecuencias que logran y padecen lostrabajadores producto de ese riesgo son fundamentalmente los accidentes y enfermedades del trabajo. Esta contingencia laboral constituyen verdaderas catástrofes para el trabajador, y para el empleador consecuencias en cuanto a la responsabilidad y pago de las indemnizaciones por los riesgos que sufren los trabajadores, igualmente la cobertura y preocupación de la Seguridad Social, no logra poner a salvo alos hombres, mujeres y jóvenes que constituyen la masa laboral activa de las secuelas degradantes e inmerecidas, que significan las incapacidades bien parciales, temporales o absolutas y permanentes que materializan los riesgos y consecuencias de los accidentes y enfermedades profesionales.
2. Metodología
El estudio es de tipo documental, en el cual se analizan diversos aspectos relacionadoscon las normas jurídicas vigentes que contienen todo lo concerniente a la responsabilidad patronal frente a los accidentes y enfermedades ocupacionales y la interpretación que debe dársele por parte del patrono para proceder a su aplicación. Entre esos aspectos destacan: condiciones de trabajo, accidentes y enfermedades en el trabajo, daño moral y la responsabilidad patronal frente a esos hechos.3. Revisión y análisis documental
3.1. Condiciones de Trabajo
La obligación que pesa sobre todo empleador, de garantizar la vida y
salud física y mental de los trabajadores, tiene rango constitucional y
aparece consagrada de manera específica o concreta en el único aparte el
artículo 87 de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela,
publicada en la Gaceta Oficial No. 36.860 defecha 30-12-1999.
Artículo 87: “(…) Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores
y trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo
adecuados. El Estado adoptará medidas y creará instituciones que
permitan el control y la promoción de estas condiciones”.
Dicha norma se encuentra en estrecha relación con las previsiones
del Estado emanados en el artículo 83 (ElEstado debe Responder en
Materia de Salud), artículo 84 (Derecho a la Salud), artículo 85 (Financiamiento
del Sistema Público de la Salud), artículo 86 (Seguridad
Social), del mismo cuerpo normativo.
Con fundamento en la misma filosofía constitucional, la Ley Orgánica
del Sistema de Seguridad Social, publicada en la Gaceta Oficial
de la República Bolivariana de Venezuela No. 37.600, de fecha30-12-
2002, establece en su artículo 94 lo siguiente:
“Se crea el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
responsable, en concordancia con los principios del sistema público
nacional de salud, de la promoción del trabajo seguro y saludable; del
control de las condiciones y medio ambiente de trabajo, de la prevención
de los accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales,de
la promoción e incentivo del desarrollo de programas de recreación,
utilización del tiempo libre, descanso y turismo social, y el fomento
de la construcción, dotación, mantenimiento y protección de la infraestructura
recreativa de las áreas naturales destinadas a sus efectos
y de la atención integral de los trabajadores ante la ocurrencia de
un accidente de trabajo o enfermedadocupacional y de sus descendientes
cuando por causas relacionadas con el trabajo nacieren con
patologías que generen necesidades especiales; mediante prestaciones
dinerarias y no dinerarias, políticas, programas, servicios de intermediación,
asesoría, información y orientación laboral y la capacitación
para inserción y reinserción al mercado de trabajo; desarrollados por
este régimen o por aquellos...
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