Ley Organica
Establece las bases de organización de la administración pública federal, centralizada y paraestatal.
La Presidencia de la República, lasSecretarías de Estado, los Departamentos Administrativos y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, integran la Administración Pública Centralizada.
Los organismos descentralizados, las empresas departicipación estatal, las instituciones nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y de fianzas y los fideicomisos, componenla administración pública paraestatal.
En el ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los negocios del orden administrativo encomendados al Poder Ejecutivo de la Unión, habrá lassiguientes dependencias de la Administración Pública Centralizada: Secretarías de Estado; Departamentos Administrativos, y Consejería Jurídica.
El Poder Ejecutivo de la Unión se auxiliará, en los términosde las disposiciones legales correspondientes, de las siguientes entidades de la administración pública paraestatal: Organismos descentralizados; Empresas de participación estatal, institucionesnacionales de crédito, organizaciones auxiliares nacionales.
El Presidente de la República acordará con todos los Secretarios de Estado, los Jefes de los Departamentos Administrativos y el ProcuradorGeneral de la República.
El Presidente de la República podrá convocar a reuniones de Secretarios de Estado, Jefes de Departamentos Administrativos y demás funcionarios competentes, cuando se tratede definir o evaluar la política del Gobierno Federal en materias que sean de la competencia concurrente de varias dependencias, o entidades de la administración pública federal. Estas reuniones seránpresididas por el Titular del Ejecutivo Federal y el Secretariado Técnico de las mismas estará adscrito a la Presidencia de la República.
Las dependencias y entidades de la administración publica...
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