Ley Para Menores Infractores En El Estado De Baja California
LEY PARA MENORES INFRACTORES EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
Publicada en el Periódico Oficial No. 53, sección I,
de fecha 24 de diciembre de 1993, Tomo C.
TITULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
LINEAMIENTOS
ARTICULO 1o.- Los preceptos de esta Ley son de observancia general y obligatoria dentro del territorio del Estado de Baja California; se aplicarán a los menores que realicen conductas antisociales que se encuentren tipificadas en las Leyes Penales que sean de competencia estatal; las que se inicien, preparen o cometan fuera de loslímites de la entidad cuando produzcan o se pretenda que tengan efectos en el mismo; las previstas en los Reglamentos o Bandos Municipales, y a los menores que manifiesten una forma de conducta que haga presumir fundadamente una inclinación a causarse daño, a la familia o a la sociedad.
ARTICULO 2o.- La presente Ley tiene por objeto reglamentar la función de los diversos órganos deGobierno, en la protección de los derechos de los menores, así como en la adaptación social de aquellos que realicen conductas mencionadas en el artículo anterior.
ARTICULO 3o.- En la aplicación de esta Ley se deberá garantizar el irrestricto respeto a los derechos consagrados por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como por la Constitución Política del Estado Libre ySoberano de Baja California. Se promoverá y vigilará la observancia de estos derechos por parte de los funcionarios responsables, procurando siempre la correcta aplicación de los medios legales y materiales pertinentes, para prevenir cualquier violación a los mismos y, en su caso, para restituir al menor en su goce y ejercicio, sin perjuicio de que se aplique a quienes los conculquen, lassanciones señaladas por las leyes penales y administrativas.
ARTICULO 4o.- El menor a quien se atribuya la comisión de una infracción, recibirá un trato justo y humano, quedando prohibidos en consecuencia, el maltrato, la incomunicación, la coacción psicológica, o cualquier otra acción que atente contra su dignidad o su integridad física o mental.
CAPITULO II
DE LAS AUTORIDADESARTICULO 5o.- Fue reformado por Decreto No. 235, publicado en el Periódico Oficial No. 45, de fecha 06 de noviembre de 1998, Tomo CV, expedido por la Honorable XV Legislatura siendo Gobernador Constitucional el C. Lic. Héctor Terán Terán 1995-2001; para quedar vigente como sigue:
ARTICULO 5o.- Se considerarán como autoridades para los efectos de esta Ley, las siguientes:
I.- LaSecretaría Jurídica y Prevención Social, a través de la Dirección de Prevención y Readaptación Social.
II.- El Consejo de Menores.
ARTICULO 6o.- Fue reformado por Decreto No. 235, publicado en el Periódico Oficial No. 45, de fecha 06 de noviembre de 1998, Tomo CV, expedido por la Honorable XV Legislatura siendo Gobernador Constitucional el C. Lic. Héctor Terán Terán 1995-2001; paraquedar vigente como sigue:
ARTICULO 6o.- Se crea el Consejo de Menores como órgano Jurisdiccional dependiente de la Secretaría Jurídica y Prevención Social, el cual contará con autonomía técnica y tendrá a su cargo la aplicación de las disposiciones de la presente Ley.
ARTICULO 7o.- Fue reformado por Decreto No. 235, publicado en el Periódico Oficial No. 45, de fecha 06 de noviembrede 1998, Tomo CV, expedido por la Honorable XV Legislatura siendo Gobernador Constitucional el C. Lic. Héctor Terán Terán 1995-2001; para quedar vigente como sigue:
ARTICULO 7o.- A la Dirección de Prevención y Readaptación Social, le corresponde conocer y resolver los recursos de inconformidad que se interpongan contra la resolución inicial y definitiva; las que modifiquen o den por...
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