Ley presupuesto universitario Nicaragua 218-96
Tomado de Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
División de Información Legislativa
LEY PARA LA ASIGNACIÓN DEL PRESUPUESTO UNIVERSITARIO E INCLUSIÓN DE LAS UNIVERSIDADES BICU YURACCAN EN LA LEY DE AUTOTOMÍA DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR
LEY No. 218, Aprobado de13 de Abril de 1996
Publicada en El Nuevo Diario de 5 de Septiembre de 1996
EL PRESIDENTE DELA REPUBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al Pueblo Nicaragüense que
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de uso de sus facultades
HA DICTADO
La siguiente
LEY PARA LAASIGNACIÓN DEL PRESUPUESTO UNIVERSITARIO E INCLUSIÓN DE LAS UNIVERSIDADES BICU Y URACCAN EN LA LEY DE AUTOTOMÍA DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Artículo 1.- Para darle cumplimiento alArtículo 125 de la Constitución, el Ministerio de Finanzas y el Consejo Nacional de Universidades definirán en un plazo de treinta días un programa dirigido a completar a las Instituciones de EducaciónSuperior que según la Ley 89 reciben financiamiento estatal, con los recursos adicionales a los ya presupuestados en la Ley Anual de Presupuesto 1996, conforme las últimas asignaciones anuales delPresupuesto General de la República.
Artículo 2.- Refórmase el numeral 2 del Artículo 4 de la Ley No. 89, "Ley de Autonomía de las Instituciones de Educación Superior", el que se leerá así:
2) Lasuniversidades privadas son:
2.1. Universidad Centroamericana (UCA) .
2.2. Universidad Politécnica de Nicaragua (UPOLI) .
2.3. Bluefields Indian and Caribbean University (BICU) .
2.4.Universidad de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe Nicaragüense (URACCAN) .
Artículo 3.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación social,sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dada en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los trece días del mes de Abril de mil...
Regístrate para leer el documento completo.