LEY SEGURO SOCIAL
Seguros
Prestaciones en especie
Prestaciones en dinero
Pensiones
Art. 58, frac. II
Art. 56
Art. 58 al 67
Art. 69
Para establecer las primas a cubrir por el seguro de riesgos de trabajo, las empresas deberán calcularlas, multiplicando la siniestralidad de la empresa por un factor de prima y al producto se le sumará el 0.005. El resultado será la prima a aplicar sobre elSBC.
Asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica.
Servicio de hospitalización.
Aparatos de prótesis y ortopedia.
Rehabilitación.
Si lo incapacitan para trabajar, la prestación mientras ésta dure es del 100% del salario con el que estuviese cotizando en el momento de ocurrir el riesgo.
La IPP o IPT, deberá determinarse dentro de 52 semanas.
Al declararse la IPT del asegurado, ésterecibirá una pensión mensual definitiva equivalente al 70% del salario en que estuviere cotizando en el momento de ocurrir el riesgo.
En caso de Enfermedad de Trabajo, la pensión se calculará con el promedio del SBC de las 52 últimas semanas o las que tuviere.
Contratar el seguro de sobrevivencia para el caso de fallecimiento que otorguen a sus beneficiarios las pensiones y demás prestacioneseconómicas a que tengan derecho.
La pensión, el seguro de sobrevivencia y las prestaciones económicas se otorgaran por la aseguradora que elija el trabajador.
Para contratar SS y SRV el Instituto calculara el MONTO CONSTITUTIVO necesario para su contratación, al que se le restara el saldo acumulado en la CI del trabajador y la diferencia positiva será la suma asegurada, que el seguro pagara a laaseguradora.
Si tiene más dinero el trabajador en su CI para integrar el MC para contratar una renta vitalicia podrá:
Retirarlo en una sola exhibición
Contratar una RV por una cuantía mayor.
Aplicar el excedente a un pago de sobreprima para incrementar los beneficios del seguro de sobrevivencia.
Si es una IPP, superior al cincuenta por ciento, el asegurado recibirá una pensión que seráotorgada por la institución de seguros.
El monto de la pensión se calculará conforme a la tabla de valuación de incapacidad contenida en la LFT, tomando como base el monto de la pensión que correspondería a la IPT.
Si la valuación definitiva de la incapacidad fuese de hasta un 25%, se pagará al asegurado, en sustitución de la pensión, una indemnización global equivalente a 5 anualidades de lapensión que le hubiese correspondido. Ello será optativo si excede el 25% pero es menor al 50%.
El Instituto otorgará a los pensionados por IPT e IPP con un mínimo de más del 50% de incapacidad, un aguinaldo anual equivalente a 15 días del importe de la pensión que perciban.
La pensión siempre será mayor a la que corresponda por invalidez, y comprenderá las asignaciones familiares y laayuda asistencial.
Si el RT trae la muerte del asegurado, el Instituto calculará el MC al que le restara los recursos acumulados en la CIT, para determinar la suma asegurada que el Instituto debe cubrir a la aseguradora, necesarias para obtener la pensión, ayudas asistenciales y demás prestaciones económicas previstas para los beneficiarios.
Las pensiones y prestaciones serán:
El pago encantidad igual a 60 días del SMGVDF en la fecha de fallecimiento del trabajador.
A la viuda(o) o concubina(o) del asegurado una pensión del 40% de la que hubiese correspondido a aquél, tratándose de IPT.
La misma pensión corresponderá al viudo o la viuda.
A c/uno de los huérfanos menores de 16 años en un 20% por IPT.
Mayores de 16 años pero menores de 25 que estudien.
En caso de muerte delotro progenitor, la pensión se aumentara del 20 al 30%. Esta última cuando haya incapacidad física o mental.
La concubina recibirá pensión mientras esté libre de matrimonio u otro concubinato.
A falta de éstos, serán los ascendientes que dependían económicamente del trabajador fallecido por el 20% IPT
Viudez
Orfandad
Ascendientes
Enfermedades y Maternidad
Seguros
Prestaciones en...
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