LEY SOBRE PROCEDIMIENTOS ESPECIALES EN MATERIADE PROTECCI N FAMILIAR DE NI OS
Capítulo I
Disposiciones generales
Objeto
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto regular los procedimientos especiales en materia de protección familiar de niños, niñas y adolescentes de carácter administrativo y judicial, como la conciliación, mediación y otros medios de iniciativapopular para resolver las controversias familiares, proteger los derechos humanos y garantías de los niños, niñas y adolescentes, así como para promover la paz, la armonía familiar, comunitaria y social.
Finalidades de la Ley
Artículo 2. La presente Ley tiene las siguientes finalidades:
1. Regular los procesos de conciliación y mediación como medios alternativos para la solución de conflictos, quepermitan a las familias recuperar el diálogo necesario para resolver sus controversias a través de acuerdos voluntarios que garanticen la paz y armonía familiar, comunitaria y social.
2. Promover a través de la conciliación y mediación relaciones familiares fundamentadas en la igualdad de derechos y deberes, la equidad de género, la solidaridad, el esfuerzo común, la comprensión mutua y el respetorecíproco entre sus integrantes.
3. Contribuir a la desjudicialización en la solución de los conflictos familiares, privilegiando su abordaje y solución en el ámbito familiar o en su defecto ante órganos y entes administrativos del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Ámbito de aplicación
Artículo 3. La presente Ley se aplica a todos los procedimientos administrativos yjudiciales referidos a conflictos familiares tramitados ante:
1
1. Los Comités de Protección Social de Niños, Niñas y Adolescentes de los Consejos Comunales.
2. Las Defensorías de Niños, Niñas y Adolescentes.
3. Los Consejos de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
4. Los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
El Ministerio Público podrá promover la conciliación en lasmaterias de su competencia, siempre que sean de naturaleza disponible, debiendo seguir las orientaciones y lineamientos establecidos en esta Ley.
Los procedimientos administrativos y judiciales de conciliación y mediación familiar se rigen preferentemente por lo dispuesto en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y la presente Ley.
Los conflictos que involucren a niños,niñas y adolescentes de los pueblos indígenas se regirán conforme a la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas y la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Concepto de conciliación y mediación familiar
Artículo 4. A los fines de esta Ley, la conciliación y mediación familiar son medios alternativos para la solución de conflictos, en los cuales se orienta y asiste conimparcialidad a las familias para que alcancen acuerdos justos y estables que resuelvan una controversia o, al menos, contribuyan a reducir el alcance de la misma, para la protección de los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes.
La conciliación y mediación son considerados medios de solución de conflictos análogos, siendo desarrollado el primero en procedimientos administrativosy el segundo en procesos judiciales.
Principios de la conciliación y mediación familiar
Artículo 5. Los principios que rigen la conciliación y mediación familiar en los procedimientos administrativos y judiciales del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes son, entre otros, los siguientes:
1. Compromiso de favorecer la conciliación y mediación familiar: Las personas tienen laresponsabilidad de asistir a los actos procesales dirigidos a la conciliación y mediación familiar, así como de participar en éstos en forma positiva y de buena fe, a los fines de promover la paz y armonía familiar, comunitaria y social.
2. Protagonismo y autodeterminación: Las personas que participan en los procesos de conciliación y mediación familiar deben alcanzar los acuerdos por sí mismas,...
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