LEY_SOL_CONTRO
Páginas: 53 (13238 palabras)
Publicado: 7 de noviembre de 2015
LEY DE MECANISMOS
ALTERNATIVOS
DE SOLUCIÓN DE
CONTROVERSIAS EN EL
ESTADO DE YUCATÁN
OFICIALÍA MAYOR
UNIDAD DE SERVICIOS TÉCNICO-LEGISLATIVOS
Nueva Publicación D.O. 24Julio2009
LEY DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN
DE CONTROVERSIAS EN EL ESTADO DE YUCATÁN
Nueva Publicación D.O. 24/Julio /2009
H. Congreso del Estado de Yucatán
Oficialía Mayor Unidad de Servicios TécnicoLegislativos
LEY DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE
CONTROVERSIAS EN EL ESTADO DE YUCATÁN
Í N D I C E
ARTICULOS
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
15
CAPÍTULO II. DE LOS MECANISMOS ALTERNATIVOS DE
619
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
CAPÍTULO III. DE LAS PARTES EN LOS MECANISMOS DE
2022
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CAPÍTULO IV. DE LOS FACILITADORES
2328
CAPÍTULO V. DE LOS MECANISMOS ALTERNATIVOS EN SEDE
JUDICIAL Y EN SEDE DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA
2937
CAPÍTULO VI. DE LOS CENTROS PRIVADOS DE SOLUCIÓN DE
3842
CONTROVERSIAS
CAPÍTULO VII. DEL PROCEDIMIENTO DE LOS MECANISMOS
4355
ALTERNATIVOS
CAPÍTULO VIII. DE LA SUSPENSIÓN, CADUCIDAD Y LA
5660
PRESCRIPCIÓN
CAPÍTULO IX. DE LA RATIFICACIÓN, EL RECONOCIMIENTO,
CERTIFICACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS CONVENIOS DE
6167
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
CAPÍTULO X. RESPONSABILIDADES
6878
TRANSITORIOS
7
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LEY DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN
DE CONTROVERSIAS EN EL ESTADO DE YUCATÁN
Nueva Publicación D.O. 24/Julio /2009
H. Congreso del Estado de Yucatán
Oficialía Mayor Unidad de Servicios TécnicoLegislativos
DECRETO NÚMERO 212
Publicado en el Diario Oficial el 24 de Julio de 2009
C. IVONNE ARACELLY ORTEGA PACHECO, Gobernadora del Estado de
Yucatán, con fundamento en los Artículos 38, 55 Fracciones II y XXIV de la
Constitución Política del Estado de Yucatán y 14 Fracciones VII y IX del
Código de la Administración Pública de Yucatán, a sus habitantes hago
saber:
Que el Honorable Congreso del Estado de Yucatán se ha servido dirigirme el
siguiente Decreto:
El Congreso del Estado Libre y Soberano de Yucatán, conforme a lo
dispuesto en los Artículos 30 Fracción V de la Constitución Política; 97, 150
y 156 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 3 de la Ley del Diario Oficial del Gobierno, todas del Estado, emite la Ley de Mecanismos Alternativos de
Solución de Controversias en el Estado de Yucatán, en base a lo siguiente:
E X P O S I C I Ó N D E M O T I V O S:
PRIMERO. De acuerdo a las reformas a la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos del 18 de junio de 2008, el Estado Mexicano puede disponer otros medios alternos al proceso judicial para solucionar y dirimir las controversias
suscitadas entre los gobernantes, logrando por un lado que los conflictos sean
solucionados lo mas óptimamente posible y, por otro lado, que la impartición de
justicia sea pronta, eficiente y eficaz, desahogando la carga de trabajo en los
tribunales que ha entorpecido esa correcta administración de justicia.
De acuerdo a lo anterior, el párrafo tercero del artículo 17 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que “Las leyes preverán
mecanismos alternativos de solución de controversias. En la materia penal
regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los
casos en los que se requerirá supervisión judicial.” Por tal motivo nuestra legislación estatal debe de prever un sistema de justicia alternativa, incluyendo en
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LEY DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN
DE CONTROVERSIAS EN EL ESTADO DE YUCATÁN
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la normatividad las figuras jurídicas de conciliación y ...
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