Ley N 2770 Deporte
DE 7 DE JULIO DE 2004
LEY DEL DEPORTE
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
TÍTULO PRIMERO
DEL DEPORTE EN GENERAL
CAPÍTULO I
OBJETO Y FINALIDADES DE LA LEY
Artículo 1° (Objeto)
La presente Ley tiene por objeto regular la práctica del deporte;posibilitar su masificación; impulsar la educación física, la promoción del deporte extraescolar de la niñez y la juventud en todos
los niveles y estamentos sociales del país; garantizar el derecho a una formación integral; fomentar la práctica del deporte recreativo en la población boliviana; así como el desarrollo del deporte competitivo, a través de la capacitación permanente de todos susactores.
Son finalidades de la presente Ley:
a.
Fomentar los valores éticos y humanos en los niños(as), jóvenes y adultos.
b.
Hacer, de la educación física y el deporte, instancias educativas eficaces en la formación
integral de la niñez y la juventud, además de constituirse en elementos de promoción de la
salud y bienestar de la población boliviana.
c.
Impulsar la recreación deportiva para unsano esparcimiento, la convivencia familiar y la integración social; así como, recuperar los valores culturales y deportivos de las regiones.
d.
Desarrollar una actividad permanente de formación deportiva para lograr altos niveles de
competencia y el patrocinio de talentos deportivos, prestando especial atención al deporte
infantil y juvenil, de manera que éste se convierta en el semillero dedeportistas.
e.
Establecer mecanismos de incentivo a los deportistas, especialmente respecto a aquellos
que cursan estudios en el Sistema Educativo Nacional y los que tienen relación de dependencia laboral.
f.
Considerar, como objeto de inversión social, las actividades físico deportivas y culturales, con
el propósito de alcanzar la óptima formación del capital humano, el suficiente desarrollo dela infraestructura y el equipamiento del deporte.
g.
Promover la práctica del deporte y la recreación entre las personas con discapacidad.
h.
Promover actividades físicas y de recreación en las Instituciones Públicas y Privadas, con el
fin de prevenir problemas de salud y mejorar el rendimiento laboral.
Artículo 2° (Modalidades)
La práctica física y deportiva se diferencia por su naturaleza ylos objetivos por alcanzar. El Estado
Boliviano, reconoce como modalidades del deporte: el deporte formativo, el deporte recreativo,
el deporte asociado competitivo, profesional y el de alto rendimiento, que deberán ser incorporados en los correspondientes planes de desarrollo deportivo en sus niveles nacional, departamental y municipal. De igual manera reconoce los derechos sociales, culturales ydeportivos de
los pueblos indígenas, originarios y comunales.
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Régimen municipal
TÍTULO SEGUNDO
ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DEL DEPORTE BOLIVIANO
CAPÍTULO I
DE SU CONFORMACIÓN
Artículo 3° (Conformación)
El Sistema del Deporte Boliviano está conformado por un conjunto de instituciones públicas y privadas del deporte amateur y profesional en el ámbito nacional, departamental y municipal.CAPÍTULO II
DE LA REGULACIÓN
SECCIÓN PRIMERA
NIVEL NACIONAL
Artículo 4° (Ministerio de Salud y Deportes)
El Ministerio de Salud y Deportes es el ente rector del Sistema del Deporte Boliviano, que tendrá
entre sus atribuciones:
a) Formular políticas y ejecutar programas que fomenten las actividades deportivas, formativas,
competitivas, profesionales y de recreación; promoviendo la salud física y mental,coordinando en el ámbito educativo con el Ministerio de Educación y los funcionarios encargados de
la formación de educación física.
b) La normatividad, regulación, reglamentación, profesionalismo y representatividad nacional.
SECCIÓN SEGUNDA
NIVEL DEPARTAMENTAL
Artículo 5° (Servicio Departamental del Deporte)
Se crean los Servicios Departamentales del Deporte (SDD) en cada Prefectura de...
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