Leyendo, instruyendome!
RICARDO R. BALESTRA
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
PARTE ESPECIAL
BUENOSAIRES
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IMPRESO EN LA REPÚBLICA ARGENTINA
INTRODUCCIÓN * Como lo hemos expresado altratar la Parte General del Derecho Internacional Privado, de la clara comprensión de sus principios básicos dependerá la lógica misma para el enfoque de la Parte Especial. Esta última, sin el aporte básico de aquellos principios puede parecer un conjunto inarmónico de disposiciones, unas veces caprichosas u otras, resultado de la transacción convencional o el compromiso doctrinario. Apoyadas, encambio, en su genuina lógica fundamental y en la filosofía de sus principios rectores la Parte Especial de la materia puede contar ya también con un hilo conductor similar al que nos permitiera resolver adecuadamente los problemas de la Parte General. Como anticipáramos al tratar de ésta, en la Parte Especial del Derecho Internacional Privado hemos de abordar las materias clásicas de los derechoscivil, comercial, penal y procesal internacionales y del derecho de la forma que reviste particular trascendencia en nuestra disciplina cuando se trata de la validez extraterritorial de los actos precisamente según su forma. A todas estas materias, hemos agregado más recientemente el derecho de las Relaciones Económicas Internacionales, donde incluimos entre otras a la contratación financierainternacional, la inversión extranjera, la transferencia de tecnología y la integración de los mercados nacionales y regionales.
La doctora Graciela Oliva colaboró con el autor en la supervisión de esta obra.
PRIMERA PARTE
DERECHO CIVIL INTERNACIONAL
CAPÍTULO I
DOMICILIO Y NACIONALIDAD
1. CONCEPTO E HISTORIA
Según sostiene la escuela latina acerca del objeto del DerechoInternacional Privado, éste comprende, además de los conflictos de leyes (escuela germana) y los conflictos de las jurisdicciones (escuela anglosajona), las cuestiones acerca de la nacionalidad y el trato al extranjero. Ahora bien, el concepto de la nacionalidad es una creación reciente, aparecida en el siglo XIX y plasmada en el Código Civil de los franceses o Código Napoleón de 1804. Pero antes de esta...
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