Leyes Civiles Slp

Páginas: 318 (79356 palabras) Publicado: 18 de septiembre de 2011
CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI

ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 12 DE JUNIO DE 2007.

Código publicado en el Suplemento del Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí, el 19 de junio de 1947.

GONZALO N. SANTOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, a sus habitantes sabed:

Que el H. XXXVIIICongreso Constitucional del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO NUMERO 82

El H. XXXVIII Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, decreta lo siguiente:

CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI

TITULO PRIMERO

De las Acciones y Excepciones

CAPITULO I

De las Acciones

ART. 1.- El ejercicio de las accionesciviles requiere:

I.- La existencia de un derecho o la necesidad de declararlo, preservarlo o constituirlo;

II.- La violación de un derecho o el desconocimiento de una obligación;

III.- La capacidad para ejercitar la acción por sí, o por legítimo representante;

IV.- El interés en el actor para deducirla. Falta el requisito del interés siempre que no pueda alcanzarse el objeto de unaacción, aun suponiendo favorable la sentencia.

ART. 2.- La acción procede en juicio, aun cuando no se exprese su nombre o se exprese equivocadamente, con tal de que se determine con claridad la clase de prestación que se exija del demandado y el título o causa de la acción.

ART. 3.- Por las acciones reales se reclamarán: la herencia, los derechos reales o la declaración de libertad de gravámenesreales. Se dan y se ejercitan contra el que tiene en su poder la cosa y tiene obligación real, con excepción de la petición de herencia y la negatoria.

ART. 4.- La acción reivindicatoria compete a quien no está en posesión de la cosa, de la cual tiene la propiedad, y su efecto será declarar que el actor tiene dominio sobre ella y se la entregue el demandado con sus frutos y accesiones en lostérminos prescritos por el Código Civil.

ART. 5.- El tenedor de la cosa puede declinar la responsabilidad del juicio, designando al poseedor que lo sea a título de dueño.

ART. 6.- El poseedor que niegue tener la posesión la perderá en beneficio del demandante.

ART. 7.- Pueden ser demandados en reivindicación, aunque no posean la cosa, el poseedor que para evitar los efectos de la acciónreivindicatoria dejó de poseer y el que está obligado a restituir la cosa, o su estimación si la sentencia fuere condenatoria. El demandado que paga la estimación de la cosa puede ejercitar a su vez la reivindicación.

ART. 8.- No pueden reivindicarse las cosas que están fuera del comercio; los géneros no determinados al entablarse la demanda; las cosas unidas a otras por vía de accesión, según lodispuesto por el Código Civil, ni las cosas muebles perdidas, o robadas que un tercero haya adquirido de buena fe en almoneda, o de comerciante que en mercado público se dedica a la venta de objetos de la misma especie, sin previo reembolso del precio que se pagó. Se presume que no hay buena fe, si de la pérdida, o robo, se dió aviso público y oportunamente.

ART. 9.- Al adquiriente con justotítulo y de buena fe, le compete la acción para que el poseedor de mala fe le restituya la cosa con sus frutos y accesiones en los términos del artículo 4º, aun cuando el primero no haya prescrito la cosa; o para reivindicarla del que teniendo título de igual calidad ha poseído por menos tiempo que el actor. No procede esta acción en los casos en que ambas posesiones fuesen dudosas o el demandadotuviese su título registrado y el actor no, ni tampoco contra el dueño legítimo.

ART. 10.- Procederá la acción negatoria para obtener la declaración de libertad, o la de reducción de gravámenes de bien inmueble y la demolición de obras o señales que importen gravámenes, la tildación o anotación en el Registro de la Propiedad, y conjuntamente, en su caso, la indemnización de daños y perjuicios....
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