leyes de arbitraje y conciliacion

Páginas: 26 (6435 palabras) Publicado: 20 de julio de 2014

DECRETO LEGISLATIVO Nº 1070 (26872)


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:
El Congreso de la República, mediante Ley Nº 29157, ha delegado en el Poder
Ejecutivo la facultad de legislar sobre diversas materias relacionadas con la implementación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú - Estados Unidos, y con el apoyo a la competitividad económica para su aprovechamiento, señala lasmaterias sobre las cuales el Poder Ejecutivo podrá legislar durante un periodo de 180 días calendario, encontrándose dentro de dichas facultades la modernización del Estado, así como la mejora del marco regulatorio y fortalecimientoinstitucional;

Para elevar la producción, productividad y competitividad del país es esencial que los ciudadanos puedan acceder a una Administraciónde Justicia más moderna y eficiente, para lo cual la efectiva aplicación de los Mecanismos Alternativos para la Resolución de Conflictos - MARCs cumple una función importante;

Es necesario modernizar el marco normativo de la Conciliación Extrajudicial, para hacerla más eficaz y asegurar su eficiente utilización, para lo que se requiere ineludiblemente un tratamiento integral de laconciliación como institución, comprendiendo éste la modificación tanto a la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, como del Código Procesal Civil, en cuanto regula la Audiencia de Conciliación;

De conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Constitución Política del Perú;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Ha dadoel Decreto Legislativo siguiente:
ARTÍCULO 1.- MODIFICA E INCORPORA ARTÍCULOS A LA LEY Nº 26872, LEY DE CONCILIACIÓN.
Modifíquense los artículos 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 18, 19, 20, 21, 22,
24, 25, 26, 28 y 30 de la Ley de Conciliación, Ley Nº 26872; incorpórense los artículos 7-A, 16-A, 19-A, 19-B; 30-A, 30-B, 30-C, 30-D, 30-E, 30-F y 30-G al
Capítulo IV, los cuales quedaránredactados de la siguiente manera:

“Artículo 5.- Definición
La Conciliación es una institución que se constituye como un mecanismo alternativo para la solución de conflictos, por el cual las partes acuden ante un Centro de Conciliación extrajudicial a fin que se les asista en la búsqueda de una solución consensual al conflicto.

Artículo 6.- Falta de intento Conciliatorio
Si la partedemandante, en forma previa a interponer su demanda judicial, no solicita ni concurre a la Audiencia respectiva ante un Centro de Conciliación extrajudicial para los fines señalados en el artículo precedente, el Juez competente al momento de calificar la demanda, la declarará improcedente por causa de manifiesta falta de interés para obrar.

Artículo 7.- Materias conciliables
Son materia de conciliaciónlas pretensiones determinadas o determinables que versen sobre derechos disponibles de las partes.

En materia de familia, son conciliables aquellas pretensiones que versen sobre pensión de alimentos, régimen de visitas, tenencia, así como otras que se deriven de la relación familiar y respecto de las cuales las partes tengan libre disposición. El conciliador en su actuación deberáaplicar el Principio del Interés Superior del Niño.

La conciliación en materia laboral se llevará a cabo respetando el carácter irrenunciable de los derechos del trabajador reconocidos por la Constitución Política del Perú y la ley.

La materia laboral será atendida por los Centros de Conciliación Gratuitos del Ministerio de Justicia, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y por losCentros de conciliación privados para lo cual deberán de contar con conciliadores acreditados en esta materia por el Ministerio de Justicia. En la audiencia de conciliación en materia laboral las partes podrán contar con un abogado de su elección o, en su defecto, deberá de estar presente al inicio de la audiencia el abogado verificador de la legalidad de los acuerdos.

En materia contractual...
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