leyes de radidifusion
(Decreto Supremo No. 256-A)
General Guillermo Rodríguez Lara,
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
Considerando:
Que el país requiere de un ordenamiento legal para la televisión y
radiodifusión, para su superación técnica, económica y cultural, de
conformidad con los imperativos del desarrollo nacional y la evolución
tecnológica universal;
Que las característicaspeculiares de la televisión y la radiodifusión y la función
social que deben tener, demandan del Estado un conjunto de regulaciones
especiales que, sin perjuicio de la libertad de información, armonice los
intereses propios de aquella con los de la comunidad;
Que es necesario fomentar y garantizar el desarrollo de todas las actividades
económicas, técnicas y culturales del país conexas conla televisión y la
radiodifusión, para que constituyan una auténtica expresión del espíritu
nacional; y,
Que se deben proteger los derechos de los trabajadores de todos los niveles
profesionales de la televisión y de la radiodifusión, con el objeto de lograr la
formación de un personal altamente calificado;
En uso de las atribuciones de que se halla investido,
Expide:
LA SIGUIENTE LEY DERADIODIFUSIÓN Y TELEVISIÓN
Título I
DE LOS CANALES DE DIFUSIÓN RADIADA O TELEVISADA
Art. 1.- (Reformado por el Art. 1 de la Ley s/n, R.O. 691, 9-V-95).- Los
canales o frecuencias de radiodifusión y televisión constituyen patrimonio
nacional.
Para efectos de esta Ley, se entiende como radiodifusión la comunicación
sonora unilateral a través de la difusión de ondas electromagnéticas que sedestinan a ser escuchadas por el público en general.
Se entiende por televisión la comunicación visual y sonora unilateral a través
de la emisión de ondas electromagnéticas para ser visualizadas y escuchadas
por el público en general.
Art. 2.- (Reformado por el Art. 2 de la Ley s/n, R.O. 691, 9-V-95).- El Estado,
a través del Consejo Nacional de Radiodifusión y Televisión (CONARTEL),otorgará frecuencias o canales para radiodifusión y televisión, así como
regulará y autorizará estos servicios en todo el territorio nacional, de
conformidad con esta Ley, los convenios internacionales sobre la materia
ratificados por el Gobierno ecuatoriano, y los reglamentos.
Las funciones de control las ejercerá la Superintendencia de
Telecomunicaciones.
Art. 3.- (Reformado por el Art. 3 de laLey s/n, R.O. 691, 9-V-95).- Con
sujeción a esta Ley, las personas naturales concesionarias de canales o
frecuencias de radiodifusión y televisión, deben ser ecuatorianas por
nacimiento. Las personas jurídicas deben ser ecuatorianas y no podrán tener
más del 25% de inversión extranjera.
La violación de este precepto ocasionará la nulidad de la concesión y, por
consiguiente, la frecuenciarevertirá automáticamente al Estado y no surtirá
ningún efecto jurídico. Dicha nulidad es imprescriptible.
Lo dispuesto en este artículo rige también para el arrendamiento de estaciones
de radiodifusión y televisión y es aplicable a todos los casos previstos en el
artículo 33 de la Ley de Compañías.
Nota:
El Art. 157 del Decreto Ley 2000-1 (R.O. 144-S, 18-VIII-2000), que derogó el
presenteartículo, fue declarado inconstitucional por el fondo y suspendidos sus
efectos por la Resolución 193-2000-TP (R.O. 234-S, 29-XII-2000). En
consecuencia, el texto constante en este artículo es el que estaba vigente con
anterioridad a la citada reforma.
Art. 4.- (Reformado por el Art. 4 de la Ley s/n, R.O. 691, 9-V-95).- Para los
efectos de esta Ley, las infracciones en que pueden incurrir losconcesionarios
y/o las estaciones de radiodifusión y televisión, se clasifican en delitos y faltas
técnicas o administrativas. Estas últimas serán determinadas en el
Reglamento.
Art. 5.- (Reformado por el Art. 5 de la Ley s/n, R.O. 691, 9-V-95).- El Estado
podrá establecer, conforme a esta Ley, estaciones de radiodifusión o televisión
de servicio público.
Título ... (Ley s/n)
DE LOS...
Regístrate para leer el documento completo.