Leyes Del Equilibrio Ecologico
Medidas de Seguridad
ARTÍCULO 170.- Cuando exista riesgo inminente de desequilibrio ecológico, o de daño o deterioro grave a los recursos naturales, casos de contaminación conrepercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes o para la salud pública, la Secretaría, fundada y motivadamente, podrá ordenar alguna o algunas de las siguientes medidas de seguridad:
I.- Laclausura temporal, parcial o total de las fuentes contaminantes, así como de las instalaciones en que se manejen o almacenen especímenes, productos o subproductos de especies de flora o de faunasilvestre, recursos forestales, o se desarrollen las actividades que den lugar a los supuestos a que se refiere el primer párrafo de este artículo;
III.- La neutralización o cualquier acción análoga queimpida que materiales o residuos peligrosos generen los efectos previstos en el primer párrafo de este artículo.
Artículo reformado DOF 13-12-1996
ARTÍCULO 174 BIS.- La Secretaría dará a los bienesdecomisados alguno de los siguientes destinos:
IV.- Destrucción cuando se trate de productos o subproductos, de flora y fauna silvestre, de productos forestales plagados o que tengan alguna enfermedadque impida su aprovechamiento, así como artes de pesca y caza prohibidos por las disposiciones jurídicas aplicables.
ARTÍCULO 178.- No procederá la suspensión del decomiso, en los siguientes casos:I. Cuando se trate de especies de flora y fauna silvestre que carezcan de la concesión, permiso o autorización correspondiente;
II. Cuando se trate de especies de flora y fauna silvestre extraídas ocapturadas en época, zona o lugar no comprendidos en la concesión, permiso o autorización respectivos, así como en volúmenes superiores a los establecidos;
III. Cuando se trate de especies de floray fauna silvestre declaradas en veda o sean consideradas raras, amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección especial conforme a esta Ley u otras disposiciones jurídicas aplicables;...
Regístrate para leer el documento completo.