Leyes Holding
Juan Sánchez Corzo
IFAES. Madrid, 31 de Mayo de 2011
SU DEFINICIÓN LEGAL ESTÁ ESTRECHAMENTE RELACIONADA CON EL CONCEPTO DE GRUPO DE EMPRESAS
- UNIDAD DE DECISIÓN
• Control de la mayoría de los derechos de voto.
- INFLUENCIA DOMINANTE
• Control del órgano de administración.
Art. 42 CCom, art. 4 LMV, art. 7.2 de la LDC, art. 18 LSC,Art. 67.2 b LIS, art. 3.5 LC
IFAES. Madrid, 31 de Mayo de 2011
SU DEFINICIÓN LEGAL ESTÁ ESTRECHAMENTE RELACIONADA CON EL CONCEPTO DE GRUPO DE EMPRESAS
UNA SOCIEDAD HOLDING ES AQUELLA: - QUE TIENE POR OBJETO PRINCIPAL EL SER TITULAR DEL CAPITAL DE OTRAS SOCIEDADES - A LAS QUE CONTROLA -Y GESTIONA MEDIANTE DETERMINADOS SERVICIOS. LA PRESTACIÓN DE
IFAES. Madrid, 31 de Mayo de 2011REGLA GENERAL EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD DE GRUPOS DE SOCIEDADES: Cada sociedad es responsable exclusivamente de sus obligaciones
Personalidad jurídica independiente de CADA EMPRESA integrante del grupo / Ausencia de personalidad jurídica del GRUPO como tal. La Jurisprudencia consagra el principio general de la independencia y no comunicación de responsabilidades entre las sociedadesintegrantes del grupo. Este principio general quiebra cuando la personalidad jurídica se utiliza de modo abusivo / fraudulento.
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IFAES. Madrid, 31 de Mayo de 2011
LA EXTENSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD AL HOLDING O A SU GRUPO DE SOCIEDADES (i)
Existen supuestos en los que la aparente autonomía de las filiales oculta en realidad UNA SOLA ORGANIZACIÓN PRODUCTIVA, esto es, una única empresa. Lostribunales priman la realidad subyacente. Técnicas empleadas por la doctrina judicial para dilucidar estos supuestos: Teoría del levantamiento del velo de la personalidad jurídica: el órgano judicial trata de penetrar el sustrato empresarial para descubrir la realidad. Doctrina del empresario aparente: Se debe atribuir la condición real de empresario responsable a quien efectivamente ostenta lospoderes inherentes a tal condición. La responsabilidad será en ambos casos solidaria.
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LA EXTENSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD AL HOLDING O A SU GRUPO DE SOCIEDADES (ii)
REQUISITOS QUE DEBEN DARSE PARA EXTENDER RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL AL RESTO DEL GRUPO: Fraude de ley (art. 6.4 CC) Abuso de derecho o ejercicio antisocial de derechos (art. 7.2 CC)Transgresión al principio de buena fe (art. 7.1 CC)
CRITERIOS QUE DETERMINAN LA RESPONSABILIDAD DEL GRUPO: Plantilla única o confusión de plantillas Dirección unitaria Confusión de patrimonios Apariencia unitaria externa
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NO BASTA LA COINCIDENCIA DE IDENTIDAD DE LOS SOCIOS.
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LA EXTENSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD AL HOLDING O A SU GRUPO DE SOCIEDADES(iii)
SUPUESTOS DE HECHO: 1. El empleo de unos mismos trabajadores por parte de la sociedad y el socio o bien por sociedades diversas del mismo grupo. 2. La contratación de forma indistinta con los clientes por parte de sociedades diversas integrantes del mismo grupo. 3. El uso de instalaciones comunes, por sociedades diversas o por la sociedad y el socio. 4. La absoluta identidad entre los sociosde dos entidades diversas o la identidad de los directivos o del órgano de administración. 5. Caja única.
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EL LEVANTAMIENTO DEL VELO EN EL ÁMBITO LABORAL
Jurisprudencia laboral: exige en orden a la aplicación del levantamiento del velo de la personalidad jurídica los siguientes elementos concurrentes: 1. La prestación laboral al grupo de forma indiferenciada ocomún, simultánea o sucesiva, a favor de empresas del grupo (SSTS de 30 de enero [RJ 1990/233] y 9 de mayo de 1990 [RJ 1990/3983]). 2. La actuación unitaria del grupo o conjunto de las empresas agrupadas bajo unos mismos dictados y coordenadas con confusión patrimonial o el funcionamiento integrado o unitario de las organizaciones de trabajo de las empresas del grupo (SSTS de 30 de enero, 3 de...
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