Leyes Podologia
La ley 17132. Reglamentación: decreto 6216/1967
El decreto 1424/1973
Las resoluciones C.S. 3573/93 y 2367/08
La ley 17132 fue sancionaday promulgada el 24 de enero de 1967.
A continuación mencionamos que establece en los artículos más relevantes:
En su artículo 1: que el control del ejercicio de la profesión y el gobierno de lasmatriculas, se realizara por la Secretaría de Estado de Salud Pública.
En su artículo 3: que todas las actividades relacionadas con la asistencia medico-social, y con el cuidado de la higiene y estética delas personas, en cuanto puedan relacionarse con la salud de las mismas, estarán sometidas a la fiscalización de la Secretaría de Salud Pública.
En su artículo 4: la prohibición a toda persona que noeste comprendida en la presente ley, de practicar las actividades que en la misma se reglamentaran.
En su artículo 7: que los locales donde se realicen las actividades, las personas comprendidas en lapresente ley deben estar habilitados por la S.E.S.P. y en ellos deberá exhibirse el número de certificado habilitante con su correspondiente matrícula.
En su artículo 44: que podrán ejercer laprofesión las personas que tengan titulo habilitante de universidad pública o privada, habilitado por el Estado Nacional.
En su artículo 125: la S.E.S.P. por incumplimiento a esta ley, podrá suspender lasmatriculas o inhabilitar los establecimientos.
En su artículo 126: las infracciones a lo dispuesto en la presente ley, podrán ser penadas por los organismos competentes con apercibimientos, multas,inhabilitación en el ejercicio y clausura de los establecimientos habilitados.
El decreto 1424/1973 de Poder Ejecutivo Nacional, del 21/02/1973, expresa que la existencia de un curso de auxiliaresdictado en la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires, es una demostración mas de la necesidad de institucionalizar esta actividad profesional. El presidente de la Nación Argentina...
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