Leyes
miércoles, 14 de noviembre de 2007
A. Imperio de la Ley y de los Derechos Humanos. El abogado debe ser
activo defensor de los Derechos Humanos y propulsor del principio del
Imperio de la Ley, como base necesaria para el logro y preservación de
una sociedad libre y justa.
B. Función Social del Abogado. El
abogado debe tenerclara conciencia de que el ejercicio de su profesión
se le reserva en interés público y que, por ello, más que un
privilegio, constituye una función de profundo sentido social. En
consecuencia, el abogado debe:
-
Desempeñar su función con integridad;
-
Procurar el mejoramiento del sistema jurídico;
-
Coadyuvar a la debida divulgación pública de la Ley, para unamejor comprensión de los derechos y deberes jurídicos;
-
Facilitar a todos los ciudadanos la prestación de servicios legales competitivos;
-
Promover activamente el establecimiento y vigencia de la Carrera
Judicial, y la plena independencia del Órgano Judicial y el Ministerio
Público, como requisitos esenciales para la recta y oportuna
Administración de Justicia.-
Defender la vigencia permanente del principio de inviolabilidad de la defensa en asuntos penales.
C. Solidaridad Profesional. Es deber esencial del abogado prestar con
entusiasmo y dedicación su concurso personal para el mejor éxito de las
asociaciones del abogado, en cuyo seno se fortalezca el sentimiento de
solidaridad profesional tanto por la adecuada protección de losintereses de los abogados como para el más eficaz desempeño colectivo
de las obligaciones sociales del gremio. En este sentido también deberá
estar siempre al día con las obligaciones que resulten de su relación
con el Colegio Nacional de Abogados, tales como el pago de cuotas y de
cargos que resultaren del uso de las facilidades y servicios del
Colegio.
Ch. Sobre el ejercicioprofesional. El abogado debe actuar con
irreprochable dignidad, em el ejercicio de la profesión. El abogado
debe cuidar con todo esmero de su honor, eludiendo cuanto pueda afectar
su independencia económica, comprometer su decoro o disminuir la
consideración general que debe siempre merecer. El abogado deberá
abstenerse de ofrecer dádivas a los funcionarios, y, especialmente, en
pro dela defensa del decoro; no habrá regalo de naturaleza alguna a
los miembros del Órgano Judicial ni del Ministerio Público, tenga o no
en sus respectivos despachos negocios en tramitación. El abogado debe
respetar y cumplir las disposiciones legales que establecen las
incompatibilidades para ejercer la profesión y abstenerse de desempeñar
cargos y ocupaciones incompatibles con elespíritu de las mismas. El
Organo Judicial
http://www.organojudicial.gob.pa Potenciado por Joomla! Generado: 12 December, 2010, 22:28abogado debe reconocer su responsabilidad cuando resultare de
negligencia, error inexcusable o dolo, allanándose a indemnizar los
daños y perjuicios ocasionados.
CAPÍTULO I
EL ABOGADO Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Artículo 1. El abogado debe mantenerpara con los funcionarios
judiciales del Ministerio Público y del Orden Administrativo una
conducta respetuosa y de colaboración, para el logro de una positiva
administración de justicia. Siempre que haya motivo de queja fundada
contra un funcionario de la Administración de Justicia es derecho y
deber del abogado presentar su reclamo ante las autoridades competentes.
Artículo 2. Enla selección y promoción de los funcionarios y jueces el
abogado debe oponerse al uso de influencias políticas y procurar que
sólo prevalezca el sistema de méritos.
Artículo 3. El abogado no ejercerá influencia sobre el juzgador fuera del trámite de su gestión profesional.
Artículo 4. El abogado se abstendrá de toda gestión puramente dilatoria
que entorpezca el normal desarrollo del...
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