Leyes
2. LA DIGNIDAD HUMANA: Condición especial que reviste todo ser humano por el hecho de serlo, y lo caracteriza de forma permanente y fundamental desde su concepción hasta sumuerte.
3. DOLO: En los actos jurídicos, voluntad maliciosa de engañar a otro o de incumplir la obligación contraída.
4. CULPA: En materia penal, incurre en ella quien, por imprudencia o negligencia, impericia en su arte o profesión, o por inobservancia de los reglamentos, ordenanzas ejecutare un acto ilícito.
5. COMISIÓN: Operación jurídica por la cual una persona, llamadacomisionista, debe efectuar una o más operaciones comerciales por cuenta de otra, designada con el nombre de comitente.
6. INDULTO: Remisión o perdón, total o parcial, de la pena impuesta al autor de un hecho delictuoso.
7. LIBERTAD: Facultad humana de obrar y expresarse según la propia voluntad y bajo la responsabilidad de uno mismo.
8. ANALOGÍA: Medio o instrumento técnicojurídico por el cual se le aplica a un supuesto no previsto en las leyes la regulación destinada a un caso con el que guarda similitud.
9. ATENUANTES: Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal que disminuyen la pena correspondiente al delito.
10. AGRAVANTES: Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal que aumentan la pena correspondiente al delito.
11.MUERTE: Causa de extinción de la personalidad civil; viene determinada por la muerte cerebral. Los efectos principales de la muerte son la extinción de los derechos y obligaciones personales del fallecido y la transmisión de las demás a sus sucesores.
12. AUTOR: A juicio de la doctrina, el autor de un hecho punible es la persona o personas que dominan, finalmente, la realización de undelito. Es autor de un delito quien realiza una infracción penal sólo o conjuntamente con otras personas (coautores).
13. COSTUMBRE: Fuente del Derecho que consiste en las prácticas consuetudinarias y tradicionales que se observan en las relaciones sociales.
14. CRIMINOLOGÍA: Ciencia del Derecho penal que tiene por objeto estudiar el delito, el delincuente, la víctima y el control socialdel comportamiento delictivo.
15. INIMPUTABILIDAD: Falta de capacidad de culpabilidad, es decir, que una persona por problemas de madurez o psíquicos no reúne los requisitos suficientes para ser declarada responsable penalmente de actuaciones que pueden ser típicas y antijurídicas.
16. ACCIÓN: Derecho a obtener una sentencia justa, es decir, el derecho a promover la acción dejusticia a fin de obtener una resolución judicial conforme a derecho.
17. TUTELA: Institución por la cual se encomienda a una persona, tutor, la representación de los hijos menores de edad sin padres y de los incapaces.
18. PERSONA NATURAL: Persona humana o física, por contraposición a la persona jurídica. Este es un concepto unido al de la dignidad, reconociendo una serie de derechos a losindividuos.
19. PENAS: Sanciones que se imponen al responsable de una infracción penal.
20. CONDUCTA ATIPICA: Es la no adecuación de la conducta al tipo penal, por la cual da lugar a la no existencia del delito. Se considera que una conducta es atípica cuando hay ausencia de tipo y tipicidad, en otras palabras cuando no se integran todos os elementos constitutivos (descritos) en eltipo penal. Por lo tanto se presenta el aspecto negativo del delito conocido apropiadamente como atipicidad, ausencia de la adecuación de la conducta al tipo. Si una conducta es atípica no se podrá hablar por lo tanto de una conducta delictuosa.
21. VALORES: Para los efectos valores todo aquello que lleve al hombre a defender y crecer en su dignidad de persona.
22. JURISPRUDENCIA:...
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