Leyes

Páginas: 8 (1954 palabras) Publicado: 24 de julio de 2012
Art. 140. Ninguna persona será habida por demente, para los efectos que en este Código se determinan, sin que la demencia sea previamente verificada y declarada por juez competente.
Art. 141. Se declaran incapaces por demencia las personas que por causa de enfermedades mentales no tengan aptitud para dirigir su persona o administrar sus bienes. (Según Ley 17.711)
Art. 142. La declaraciónjudicial de demencia no podrá hacerse sino a solicitud de parte, y después de un examen de facultativos.
Art. 143. Si del examen de facultativos resultare ser efectiva la demencia, deberá ser calificada en su respectivo carácter, y si fuese manía, deberá decirse si es parcial o total.
Art. 144. Los que pueden pedir la declaración de demencia son:
1º) El esposo o esposa no separados personalmente odivorciados vincularmente; (Inciso incorp. por Ley 23.515). (ahora ver Ley 26.618).
2º) Los parientes del demente;
3º) El Ministerio de Menores; 
4º) El respectivo cónsul, si el demente fuese extranjero;
5º) Cualquier persona del pueblo, cuando el demente sea furioso, o incomode a sus vecinos.
Art. 145. Si el demente fuese menor de catorce años no podrá pedirse la declaración de demencia.Art. 146. Tampoco podrá solicitarse la declaración de demencia, cuando una solicitud igual se hubiese declarado ya improbada, aunque sea otro el que la solicitase, salvo si expusiese hechos de demenciasobrevinientes a la declaración judicial.
Art. 147. Interpuesta la solicitud de demencia, debe nombrarse para el demandado como demente, un curador provisorio que lo represente y defienda en elpleito, hasta que se pronuncie la sentencia definitiva. En el juicio es parte esencial el Ministerio de Menores.
Art. 148. Cuando la demencia aparezca notoria e indudable, el juez mandará inmediatamente recaudar los bienes del demente denunciado, y entregarlos, bajo inventario, a un curador provisorio, para que los administre. (*)
Comentario: (*) Este artículo está tomado de Freitas, artículo 87,mientras que el artículo 471 del Cód. Civil, se inspiró en Goyena, artículo 283. Dice Hernán Enrique Rocca, citando a Belluscio y Zannoni: "...Pensamos sin embargo que no existe verdadera oposición y que la interpretación armónica de ambas disposiciones es posible; obsérvese que el art. 148 refiriéndose al caso de que la demencia aparezca notoria e indudable, dispone que: el juez mandaráinmediatamente recaudar los bienes ... mientras que el 471 sin referirse a ninguna situación particular ni concreta, dice que: El juez, durante el juicio, puede, si lo juzgase oportuno ... es decir que en principio, la designación o no de un curador a los bienes queda librado al prudente arbitrio judicial; pero si la demencia aparece notoria e indudable, el juez está entonces obligado a mandar recaudarinmediatamente los bienes del demente denunciado...",
Art. 149. Si el denunciado como demente fuere menor de edad, su padre o su madre o su tutor ejercerán las funciones del curador provisorio. (Según Ley 17.711)
Art. 150. La cesación de la incapacidad por el completo restablecimiento de los dementes, sólo tendrá lugar después de un nuevo examen de sanidad hecho por facultativos, y después de ladeclaración judicial, con audiencia del Ministerio de Menores.
Art. 151. La sentencia sobre demencia y su cesación, sólo hacen cosa juzgada en el juicio civil, para los efectos declarados en este Código; mas no en juicio criminal, para excluir una imputación de delitos o dar lugar a condenaciones.
Art. 152. Tampoco constituye cosa juzgada en el juicio civil, para los efectos de que se trata enlos artículos precedentes, cualquiera sentencia en un juicio criminal que no hubiese hecho lugar a la acusación por motivo de la demencia del acusado, o que lo hubiese condenado como si no fuese demente el procesado.
Inhabilitación |  Doctrina Nacional | Jurisprudencia Juninense | Código Civil |
152 bis. Podrá inhabilitarse judicialmente:
1º) A quienes por embriaguez habitual o uso...
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