Leyes
Esta ley esta basada en lo que dice la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, tiene por objeto el desarrollo, reconocimiento, preservacióny defensa de los derechos y cultura de los pueblos y comunidades indígenas. Esta Ley reconoce y protege a los pueblos y comunidades indígenas Tepehuana, Huicholes, Mexicaneros, Tarahumaras oRarámuris, cuyas formas e instituciones sociales, económicas y culturales los identifican y distinguen del resto de la población del Estado.
Esta ley establece:
Todo hombre o mujer, independiente a suorigen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición, social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana ytenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Lenguas indígenas: El Estado debe proteger y promover el desarrollo y uso de las lenguas indígenas proporcionar laformación y acreditación profesional de intérpretes en las lenguas indígenas que se hablan en el Estado.
Pueblos Indígenas: se conforman con personas de los pueblos que habitaron el territorio que hoycorresponde al Estado antes de la colonización, que hablan la misma lengua, tienen autoridades tradicionales.
Territorio Indígena: Porción del territorio estatal que se constituye por espacioscontinuos o discontinuos que se extiende de los límites de la comunidad, ocupados o utilizados por los indígenas. El estado reconoce a los pueblos indígenas como propietarios legítimos de las tierras que seencuentren en su territorio además queda prohibido el reacomodo de los pueblos indígenas a menos que se motiven por riesgos, desastres o seguridad.
Usos y Costumbres: Conjuntos de instituciones,procedimientos y normas que contribuyen a la integración social de los pueblos y comunidades indígenas. Además se apoya la comercialización de artesanías en los mercados.
Mediante esta ley el Estado...
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