Leyfederaldeltrabajo
En correlación a lo anterior y en términos del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo son causales de rescisión del vínculo de trabajo las siguientes:
ARTÍCULO 47. Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón:
X. Tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sinpermiso del patrón o sin causa justificada;
XV. Las análogas a las establecidas en las fracciones anteriores, de igual manera graves y de consecuencias semejantes en lo que al trabajo se refiere.
En el mismo orden de ideas el artículo 134 fracción V establece lo siguiente:
ARTÍCULO 134. Son obligaciones de los trabajadores:
V.- Dar aviso inmediato al patrón, salvo caso fortuito o de fuerzamayor, de las causas justificadas que le impidan concurrir a su trabajo.
De acuerdo a lo anterior cuando un trabajador no cumpla con la obligación de dar aviso al patrón de las causas justificadas que le han impedido acudir al centro de trabajo, salvo prueba en contrario serán consideradas como injustificadas y otorgaran el derecho al empleador de rescindir la relación de trabajo sin responsabilidadpara este en términos cuando el trabajador tenga más de tres faltas de asistencia en un período de 30 días con fundamento en la fracción X del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, resultando procedente llevar a cabo la notificación del aviso respectivo en términos del propio artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo que señala lo siguiente:
……………….
El patrón deberá dar al trabajador avisoescrito de la fecha y causa o causas de la rescisión.
El aviso deberá hacerse del conocimiento del trabajador, y en caso de que éste se negare a recibirlo, el patrón dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la rescisión, deberá hacerlo del conocimiento de la Junta respectiva, proporcionando a ésta el domicilio que tenga registrado y solicitando su notificación al trabajador.
La falta deaviso al trabajador o a la Junta, por sí sola bastará para considerar que el despido fue injustificado.
Lo anterior significa que el patrón tendrá la obligación de dar aviso por escrito al trabajador de la fecha y causa o causas de la rescisión. Para tal efecto debe acudir por una sola ocasión al domicilio del trabajador a notificarle de manera personal dicho aviso y en caso de no localizarlo(por encontrarse fuera de su lugar de residencia, del estado o incluso del país), establecer esos hechos en un acta circunstanciada firmada por testigos, para con ello solicitar dentro de los cinco días siguientes a la Junta de Conciliación y Arbitraje respectiva su intervención, ya que de no agotarse esta formalidad legal el patrón corre el riesgo que se considere que hubo un despido injustificado.Cabe señalar que al cumplir con lo anterior, la empresa no tendrá la obligación de realizar de nueva cuenta la entrega personal del aviso en mención, quedando confirmado con la siguiente resolución de los tribunales de la materia:
SI AL PATRÓN AL MOMENTO DE TRATAR DE ENTREGARLO SE LE INFORMA QUE EL TRABAJADOR SE ENCUENTRA FUERA DEL LUGAR DE SU RESIDENCIA, NO PUEDE OBLIGÁRSELE A QUE LO...
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