libertad sindical
Derecho a constituir Sindicato
Nuestra L.O.T reconoce el derecho de asociación en sindicatos tanto a lostrabajadores como a los patronos. Los sindicatos podrán, a su vez, constituir Federaciones y Confederaciones (Art 400).
Los sindicatos de trabajadores tendrán por objeto el estudio, defensa, desarrollo yprotección de intereses profesionales y el mejoramiento social, económico y moral de sus asociados, así como la defensa de los derechos individuales de sus asociados (Art 407). Según esta mismadisposición, idéntico objeto corresponde a los sindicatos de patronos, con la única adición de la defensa, desarrollo y protección de los intereses de la producción que le es atribuida con exclusividad muydiscutible. El antecede remoto de muchas de las normas sobre asociaciones sindicales diseminadas en el positivo americano se encuentra en la ley francesa de 21 de marzo de 18884. Empero, los antecedentesinmediatos de la legislación venezolana parecen encontrarse en la ley colombiana N 83, promulgada el 23 de junio de 1931, y en el artículo 362 del Código del Trabajo de la República de Chile, de 1931.Libertad sindical.
Es el derecho que tiene toda persona de fundar sindicatos y asociarse en ellos para la defensa de sus intereses. Según De Freitas, se refiere al derecho de los trabajadores ypatronos, expresado en poderes individuales y colectivos en virtud de los cuales, sin ningún tipo de distinción o discriminación, sin requerir autorización previa; y sin injerencias, tienen derecho aconstituir libremente (en forma autónoma e independiente) las organizaciones sindicales que estimen convenientes para la mejor defensa de sus derechos e intereses, así como también el de afiliarse o noa organizaciones sindicales existentes, establecer su forma de organización, administración, participación, elección de sus autoridades y toma de decisiones de conformidad con lo que establezca el...
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