Libre escogencia
Referenciado: 1-2010-110643
Cordial saludo, señora Paola Fernanda,
En atención a su petitum para que se le informe si el usuario del Sistema de
Salud puede elegir libremente al médico que quiere que lo atienda, lo cual
comporta el principio de libre elección, me permito manifestarle lo siguiente:
Se debe tener presente que el artículo 177 de la Ley100 de 1993 definió a las
Entidades Promotoras de Salud así:
“Las Entidades Promotoras de Salud son las entidades responsables de
la afiliación y el registro de los afiliados y del recaudo de sus
cotizaciones, por delegación del Fondo de Solidaridad y Garantía. Su
función básica será organizar y garantizar, directa o indirectamente,
la prestación del Plan de Salud Obligatorio a losafiliados y girar,
dentro de los términos previstos en la presente Ley, la diferencia entre
los ingresos por cotizaciones de sus afiliados y el valor de las
correspondientes Unidades de Pago por Capitación al Fondo de
Solidaridad y Garantía, de que trata el Título III de la presente Ley.”
Resaltado fuera del texto.
El artículo 178 de la precitada ley determinó las funciones de lasEntidades
Promotoras de Salud dentro de las cuales están las siguientes:
“3. Organizar la forma y mecanismos a través de los cuales los
afiliados y sus familias puedan acceder a los servicios de salud en
todo el territorio nacional. Las Empresas Promotoras de Salud tienen la
obligación de aceptar a toda persona que solicite afiliación y cumpla con
los requisitos de Ley.
4. Definirprocedimientos para garantizar el libre acceso de los
afiliados y sus familias, a las Instituciones Prestadoras con las
cuales haya establecido convenios o contratos en su área de
influencia o en cualquier lugar del territorio nacional, en caso de
enfermedad del afiliado y su familia.” Resaltado fuera del texto.
Posteriormente, el entonces Ministerio de Salud reglamentó la
organizacióny funcionamiento de las Entidades Promotoras de Salud
mediante el Decreto 1485 de 1994, y en el artículo 2ª de esta norma se
establecieron sus responsabilidades y una de ellas es la siguiente:
“d. Organizar y garantizar la prestación de los servicios de salud
previstos en el Plan Obligatorio de Salud, con el fin de obtener el
mejor estado de salud de sus afiliados con cargo a lasUnidades de Pago por Capitación correspondientes. Con este propósito gestionarán
y coordinarán la oferta de servicios de salud, directamente o a través
de la contratación con Instituciones Prestadoras y con Profesionales de
la Salud; implementarán sistemas de control de costos; informarán y
educarán a los usuarios para el uso racional del sistema; establecerán
procedimientos de garantía decalidad para la atención integral,
eficiente y oportuna de los usuarios en las instituciones
prestadoras de salud.” Resaltado fuera del texto.
Así las cosas queda claro que las Entidades Promotoras de Salud son
autónomas para organizar y garantizar la prestación de servicios de salud
contenidos en el Plan Obligatorio de Salud de cada régimen, para lo cual
deben gestionar y coordinar laoferta de servicios de salud con una Red
de prestadores de servicios de salud que ellos determinan y deben
establecer e implementar un Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad,
algunas de las características de este Sistema son la Oportunidad y la
Continuidad, las cuales están definidas en el artículo 3 del Decreto citado así:
Oportunidad. Es la posibilidad que tiene el usuario deobtener los
servicios que requiere, sin que se presenten retrasos que pongan en
riesgo su vida o su salud. Esta característica se relaciona con la
organización de la oferta de servicios en relación con la demanda y con
el nivel de coordinación institucional para gestionar el acceso a los
servicios.
Continuidad. Es el grado en el cual los usuarios reciben las
intervenciones...
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