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CAPÍTULO II De los establecimientos hoteleros o de hospedaje
ARTICULO 78. De los establecimientos hoteleros o de hospedaje. Se entiende por establecimiento hotelero o de hospedaje, elconjunto de bienes destinados por la persona natural o jurídica a prestar el servicio de alojamiento no permanente inferior a 30 días, con o sin alimentación y servicios básicos y/o complementarios oaccesorios de alojamiento, mediante contrato de hospedaje.
ARTICULO 79. Del contrato de hospedaje. El contrato de hospedaje es un contrato de arrendamiento, de carácter comercial y de adhesión, que unaempresa dedicada a esta actividad celebra con el propósito principal de prestar alojamiento a otra persona denominada huésped, mediante el pago del precio respectivo día a día, por un plazo inferior a30 días.
ARTICULO 80. Del registro de precios y tarifas. El Ministerio de Desarrollo Económico procederá al registro de los precios y tarifas de alojamiento y servicios hoteleros accesorios de maneraautomática, únicamente para certificar la fecha de su vigencia pero no podrá, sino por motivos y condiciones establecidas en la ley, intervenir, controlar o fijar los precios y tarifas de losestablecimientos hoteleros o de hospedaje.
ARTICULO 81. De la prueba del contrato de hospedaje. El contrato de hospedaje se probará mediante la tarjeta de registro hotelero, en la cual se identificará elhuésped y sus acompañantes quienes responderán solidariamente de sus obligaciones.
ARTICULO 82. De la clasificación de los establecimientos. Los establecimientos hoteleros y similares podrán serclasificados por categorías por parte de la asociación gremial correspondiente, por asociaciones de consumidores o por entidades turísticas privadas legalmente reconocidas.
ARTICULO 83. Las habitacioneshoteleras como domicilio privado. las habitaciones de los establecimientos hoteleros y de hospedajes que se alquilan con fines de alojamiento se asimilan a un domicilio privado.
CAPÍTULO III De...
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